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  • EDICIÓN DE 06/10/2004
 
 

AYUDAS DESTINADAS A LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS SANITARIOS

06/10/2004
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Orden ARP/350/2004, de 22 de septiembre, por la que se incrementa la cuantía de las ayudas destinadas a la ejecución de programas sanitarios correspondientes al año 2004, convocadas por la Orden ARP/238/2004, de 30 de junio (DOGC de 6 de octubre de 2004). Texto completo.

ORDEN ARP/350/2004, DE 22 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE INCREMENTA LA CUANTÍA DE LAS AYUDAS DESTINADAS A LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS SANITARIOS CORRESPONDIENTES AL AÑO 2004, CONVOCADAS POR LA ORDEN ARP/238/2004, DE 30 DE JUNIO

Mediante la Orden ARP/238/2004, de 30 de junio (DOGC núm. 4176, de 16.7.2004), se aprueban las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la ejecución de programas sanitarios y se convocan las correspondientes al año 2004.

Una vez aprobados los presupuestos generales de la Generalidad para el año 2004, es necesario publicar la cuantía final que el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca destina a esta línea de ayuda. Así mismo, este presupuesto debe incrementarse con la cuantía que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación destina para esta finalidad a Cataluña.

En consecuencia, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Se incrementa en 1.764.757,44 euros la cuantía de las ayudas destinadas a la ejecución de programas sanitarios correspondientes al año 2004, que establece la Orden ARP/238/2004, de 30 de junio, cuyo importe máximo es de 2.056.100,69 euros.

Del citado incremento, la cantidad de 461.275,44 euros la financia el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca e irá a cargo de la partida presupuestaria 1702 D/774170000/7121 de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca; y la cantidad de 1.303.482,00 euros la financia el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e irá a cargo de la partida presupuestaria 1702 D/774170100/7121 de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.

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