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PLAN ANUAL DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO PARA EL 2004

27/09/2004
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Resolución GAP/2509/2004, de 6 de agosto, por la que se da publicidad al Acuerdo de Gobierno de 22 de junio de 2004, por el que se aprueba el Plan anual de cooperación al desarrollo para el 2004 (DOGC de 27 de septiembre de 2004). Texto completo.

RESOLUCIÓN GAP/2509/2004, DE 6 DE AGOSTO, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL ACUERDO DE GOBIERNO DE 22 DE JUNIO DE 2004, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN ANUAL DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO PARA EL 2004

Dado que en fecha de 22 de junio de 2004, el Gobierno de la Generalidad adoptó el Acuerdo de aprobar el Plan Anual de Cooperación al Desarrollo para el 2004,

Resuelvo:

Dar publicidad al Acuerdo de Gobierno de la Generalidad de 22 de junio de 2004, por el que se aprueba el Plan anual de cooperación al desarrollo para el 2004, el cual se transcribe como anexo a esta Resolución.

ACUERDO

de 22 de junio de 2004, del Gobierno de la Generalidad, por el que se aprueba el Plan anual de cooperación al desarrollo para el 2004.

El artículo 9 de la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo, establece que los planes anuales de cooperación al desarrollo son el instrumento de la actividad de la Administración de la Generalidad en este ámbito y tienen que desarrollar los objetivos, las prioridades y los recursos establecidos por el plan director.

De acuerdo con este mismo precepto, la dirección general competente en materia de cooperación al desarrollo, ahora la Secretaría de Cooperación Exterior, ha de elaborar el proyecto del plan anual. La formulación definitiva corresponde al consejero de Gobernación y Administraciones Públicas, y, previo informe del Consejo de Cooperación al Desarrollo, lo debe elevar al Gobierno para su aprobación.

Una vez aprobado, el plan anual debe ser presentado al Parlamento para que tenga conocimiento y lo pueda debatir.

Dado que la propuesta del Plan Anual de Cooperación al Desarrollo ha sido informado favorablemente por el Consejo de Cooperación al Desarrollo, la Comisión de Coordinación con los Entes Locales y la Comisión Interdepartamental de Cooperación al Desarrollo, el consejero de Gobernación y Administraciones Públicas propone al Gobierno la adopción del siguiente Acuerdo:

Aprobar el Plan anual de Cooperación al Desarrollo para el 2004, que se adjunta como anexo a este acuerdo.

Plan anual de cooperación al desarrollo para el 2004.

Índice

A. Marco de referencia.

1. El marco del Plan anual.

1.1 La agenda internacional.

1.2 Plan director y planes anuales.

1.3 El estado del Plan director al abril de 2004 (año 2003).

1.3.1 Los recursos y los gastos vinculados con la Secretaría y el Agencia.

1.3.2 Los recursos y el gasto vinculados con el resto de departamentos.

1.4 Pautas y principios ordenadores.

2. Planificación, seguimiento y evaluación de la cooperación catalana.

2.1 Los grandes objetivos y actuaciones.

2.2 La gestión y la calidad de la cooperación catalana.

2.3 El seguimiento y la evaluación.

2.3.1 La evaluación entendida como aprendizaje y rendición de cuentas.

B. Los objetivos estratégicos del Plan director durante el año 2004.

3. El objetivo de desarrollo (Plan director).

3.1 El marco de actuación y los compromisos internacionales.

3.2 Objetivos estratégicos de desarrollo y prioridades sectoriales.

3.2.1 Objetivo 1 del Plan director. Apoyo a los derechos sociales básicos.

3.2.2 Objetivo 2 del Plan director. Mejora de la capacidad productiva y de la ocupación.

3.2.3 Objetivo 3 del Plan director. Gobernanza y gobernabilidad.

3.3 Colectivos de atención preferente.

3.4 Autonomía de la mujer e igualdad hombre/mujer.

3.5 Actuaciones en el ámbito multilateral.

4. El objetivo de fomento de la paz y ayuda humanitaria (Plan director).

4.1 Fomento de la cultura de paz y de prevención de conductas violentas en los conflictos.

4.1.1 Planes de actuación en países en situación de conflicto armado o postconflicto bélico en Colombia y Timor Este.

4.1.2 Actuaciones específicas en Palestina, kosovo y en el Sáhara Occidental.

4.2 Ayuda humanitaria general y ayuda humanitaria de emergencia.

4.3 Actuaciones en el ámbito multilateral.

5. El objetivo de educación y capacidades (Plan director).

5.1 Incrementar el alcance de las acciones de educación y sensibilización.

5.2 Mejora de las capacidades de los agentes de cooperación públicos y privados.

C. Fortalecimiento de las capacidades de la Generalidad, coordinación entre actores y seguimiento y evaluación.

6. Recursos financieros: la previsión presupuestaria del 2004.

7. Recursos humanos.

8. Procedimientos.

8.1 Acciones de la Generalidad para generar sinergias.

9. Coordinación entre los agentes.

9.1 Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo.

9.2 Las organizaciones empresariales.

9.3 Otros agentes: universidades, centros formativos, sindicatos y asociaciones de juventud.

10. Previsión de acciones de seguimiento y evaluación.

A. Marco de referencia.

El presente Plan anual de cooperación al desarrollo 2004 ha sido dividido en tres grandes bloque respetando al máximo posible lo que prevé la Ley de cooperación, que establecía que el Plan director y el Plan anual eran la expresión de la planificación y de la programación, respectivamente. de la política y las actividades de la Generalidad en materia de cooperación al desarrollo, y la propia estructura del Plan director. Ambos documentos fueron aprobados por unanimidad por el Parlamento de Cataluña.

Concretamente, el Plan director establecía una serie de directrices generales (distinguiendo entre criterios, instrumentos, principios ordenadores, principios transversales), objetivos estratégicos, países/zonas prioritarios, y previsiones e indicaciones sobre el fortalecimiento de las capacidades de la Generalidad (recursos financieros, recursos humanos y procedimientos), sobre la coordinación entre agentes, la evaluación y la revisión del Plan y finalmente. el escenario económico.

En coherencia, el índice del presente Plan anual se ha estructurado de manera que:

1. El apartado A (los capítulos 1 y 2, dedicados respectivamente al marco del Plan anual y a la planificación, al seguimiento y la evaluación de la cooperación catalana) sirve de introducción, al presentar el contexto y marco de lo que sigue.

2. El apartado B presenta, desarrollando los objetivos, las prioridades y los recursos establecidos por el Plan director, las orientaciones y actuaciones para el 2004 relativas a los tres objetivos estratégicos, con los subobjetivos correspondientes, previstos en el Plan director. Concretamente, el capítulo 3 se dedica al objetivo de desarrollo, el capítulo 4 al fomento de la paz y a la ayuda humanitaria, y el capítulo 5 al objetivo de educación y de capacidades.

3. El apartado C se dedica a desarrollar lo previsto para el fortalecimiento de las capacidades de la Generalidad: capítulo 6, dedicado a recursos financieros para el 2004; capítulo 7, dedicado a recursos humanos; capítulo 8, dedicado a procedimientos relativos al fomento de las sinergias; capítulo 9, dedicado en las actuaciones dirigidas a fomentar la coordinación entre agentes; capítulo 10, dedicado a la previsión de acciones de seguimiento y d' evaluación.

.1 El marco del Plan anual

El presente Plan anual 2004 es el primero que se presenta, aunque de la aprobación de la Ley de cooperación al desarrollo y del Plan director se derivaba que ya en el año 2003 tendría que haberse elaborado y aprobado uno. De aquí que haga falta, excepcionalmente, situarlo en el contexto y la agenda internacionales, definir qué se entiende por Plan anual y cómo se relaciona con el Plan director, rendir cuentas de la situación del Plan director 2003-2006 a finales de abril de 2004 y establecer unas pautas y unos principios ordenadores.

Este capítulo dedica pues un apartado específico a cada uno de estos propósitos.

1.1 La agenda internacional.

Durante las últimas décadas, y en particular desde hace un poco más de quince años, han cambiado sustantivamente los estudios y la práctica de la cooperación en el desarrollo. Y lo han hecho en una triple dirección:

1. Los estudios sobre el desarrollo han perdido el enfoque excesivamente economicista de décadas anteriores, con un protagonismo creciente de la sociología, la antropología y la ciencia política, así como de los enfoques económicos basados en el fomento de las capacidades y en la consecución del bienestar de las personas.

2. El desarrollo se ha entendido como un objetivo estructural y, por lo tanto, como un proceso multidimensional, donde el protagonismo fundamental corresponde a la dimensión social, centrada en la ampliación de las oportunidades de las personas, y donde, coherentemente, la autoría básica corresponde a los propios países, sectores y comunidades afectados directamente. Dicho de otro modo, se parte de la premisa que la intervención, la ayuda o la cooperación de actores externos sólo puede servir, si tiene la calidad y dirección adecuados, como coadyuvante o facilitador de los propios procesos internos.

3. En lo que concierne a la ayuda y la cooperación al desarrollo, en un contexto de reducción notoria de los fondos totales, se ha cuestionado la eficacia y la eficiencia, aduciendo que tiene un carácter fuertemente fungible. Además, se han propuesto nuevos objetivos y sectores de intervención: la gobernanza y la gobernabilidad, el fortalecimiento de la sociedad civil, el apoyo a la democratización, la rehabilitación y reconstrucción postconflicto bélico, el apoderamiento, entre otros. En suma, hacer más cosas con menos recursos y con más eficacia.

En este contexto, recientemente se han señalado algunos aspectos de la ayuda oficial al desarrollo (AOD) que hace falta corregir:

La tendencia clara a la reducción del volumen global del AOD, que se sitúa actualmente en el 0,23% del PNB de la totalidad de los países donantes, muy lejos del 0,7% acordado por las Naciones Unidas, en términos relativos, y, justo desde el año pasado (2003), nuevamente por encima de los 60.000 millones de dólares anuales, según los últimos datos del Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE.

La dirección que toma la ayuda, cada vez más dirigida a zonas con posibilidades de crecimiento económico, en lugar de dedicarse prioritariamente a los países más desfavorecidos y empobrecidos y a los sectores sociales básicos.

La ayuda continúa siendo predominantemente bilateral y, por lo tanto, más susceptible de ser condicionada políticamente.

El crecimiento espectacular de las partidas destinadas a la ayuda humanitaria y de emergencia y de las orientadas a permitir el pago de los intereses de la deuda externa.

Hay, sin embargo, dos noticias muy positivas, a saber:

Los cambios en la concepción y en la práctica del desarrollo, entendido como un derecho y un bien público global, y, en consecuencia, de la cooperación al desarrollo, que significan dicho corto y raso. que se acepta el papel protagonista y soberano de los agentes del sur en su proceso de desarrollo y el carácter complementario de la cooperación respecto de las políticas de desarrollo.

Los compromisos internacionales, en particular los Objetivos de Desarrollo del Milenio, con los subsiguientes compromisos financieros adquiridos a la Cumbre de Monterrey sobre financiación del desarrollo, dónde la Unión Europea y sus estados miembros se comprometieron a llegar al 0,39% del PIB para la ayuda oficial al desarrollo en el 2006. Al mismo tiempo se ha establecido una estrategia muy definida en la Cumbre de Johannesburgo sobre desarrollo sostenible.

Por ello la comunidad internacional estableció un pacto de lucha contra la pobreza (8 de septiembre de 2000), por lo que la totalidad de los 189 estados miembros de las Naciones Unidas aprobaron la Declaración del Milenio. Este documento establece con carácter general el compromiso solemne de todas las naciones a contribuir a erradicar la pobreza en el mundo, estableciendo el año 2015 como plazo límite con el fin de alcanzar unos objetivos concretos y avanzar en el desarrollo de los pueblos. Documento al que, como miembro de la comunidad internacional, nos hemos adherido como Gobierno.

Recordaremos, brevemente, estos ocho objetivos de reducción de la pobreza, llamados “Objetivos de la Declaración del Milenio” (ODM):

El primero objetivo: reducir a la mitad entre 1990 y 2001. la proporción de personas con ingresos inferiores a 1 dólar diario, y reducir a la mitad dentro de este mismo periodo. la proporción de personas que sufren hambre.

El segundo de los objetivos del milenio: la consecución de la educación primaria universal con la meta de garantizar que en el 2015. los niños de todo el mundo puedan acabar un ciclo completo de educación primaria.

El tercero de estos objetivos se centra en la promoción de la igualdad de género y la autonomía de la mujer, que desarrolla como meta la eliminación de las desigualdades de género en la educación primaria y secundaria preferiblemente de aquí al 2005 y antes de finales del 2015. en todos los niveles educativos.

El cuarto hace referencia a la reducción en dos terceras partes de la mortalidad infantil, entre el 1990 y 2015.

El quinto es la mejora de la salud materna, con el objetivo específico de reducir en tres cuartas partes entre 1990 y 2015. la ratio de mortalidad materna.

El sexto hace mención a combatir el sida, la malaria y otras enfermedades, con 2 metas específicas: haber detenido y empezado a reducir de aquí al 2015. la propagación del sida, y haber detenido y empezado a reducir en el 2015. la incidencia de la malaria y otras enfermedades principales.

El séptimo introduce la sostenibilidad medioambiental, proponiendo, por un lado, incorporar los principios del desarrollo sostenible en las políticas y los programas nacionales e invertir la pérdida de recursos ambientales. En segundo término, reducir a la mitad de cara al 2015. la proporción de personas sin acceso sostenible al agua potable y, finalmente pero no menos importante, haber conseguido de aquí al 2020. una mejora significativa en la calidad de vida de al menos 100 millones de habitantes de barrios marginales.

El octavo, finalmente el último de los ODM, recoge de manera general la voluntad de los Estados de fomentar una asociación mundial para el desarrollo y despliega un conjunto de medidas y compromisos que tienen que contraer los países ricos para ayudar a los países pobres para garantizar la consecución de los otros siete objetivos enumerados.

Algunas de estas medidas y compromisos son:

Desarrollar un sistema de comercio y financiación abierta, regulada, previsible y no discriminatoria, con el compromiso de los Estados a favor de la buena gobernación, del desarrollo y de la reducción de la pobreza, tanto a nivel nacional como internacional.

Satisfacer las necesidades especiales de los países menos desarrollados, incluyendo una eliminación de aranceles y de cuotas para sus exportaciones, así como el alivio de la deuda de los países pobres más endeudados.

Negociar exhaustivamente con los países en vías de desarrollo los problemas de la deuda y las medidas nacionales e internacionales destinadas a hacer que la deuda sea sostenible a largo plazo.

En cooperación con los países en desarrollo, crear puestos de trabajo dignos y productivos para la juventud.

En cooperación con las empresas farmacéuticas, proporcionar acceso a los medicamentos esenciales a precios asequibles en los países en desarrollo.

En cooperación con el sector privado, facilitar el acceso a los beneficios de las nuevas tecnologías, especialmente a las de la información y comunicación.

Desde el Gobierno de la Generalidad y de acuerdo con este marco general de actuación de la Declaración del Milenio, somos conscientes de que la consecución de estos objetivos implica un compromiso firme de los Estados y Gobiernos por ir incorporando este conjunto de valores, principios y derechos a las agendas políticas, como prioridades esenciales. En este sentido, las diversas estrategias de desarrollo humano tendrán que dar progresivamente cobertura a este gran reto que se nos plantea a todos, en el que todos participamos y, por lo tanto, del que somos responsables.

En suma, el contexto y la agenda internacionales son como ya se decía en la letra y en el espíritu de la Ley de cooperación al desarrollo y del Plan director. la guía para la acción de la cooperación catalana.

1.2 Plan director y planes anuales.

La aprobación por unanimidad de todos los grupos parlamentarios de la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo, culminó un largo proceso de consultas y participación que se caracterizó por la voluntad de aglutinar el mayor número de agentes que intervienen en Cataluña en la cooperación al desarrollo.

La Ley significó un salto cuantitativo y cualitativo en la cooperación catalana, ya que no sólo significó el establecimiento de nuevos instrumentos y órganos de dirección, planificación, coordinación, ejecución y consulta de la política de cooperación de la Generalidad de Cataluña, sino que también permitió el establecimiento de prioridades y la introducción de la programación y planificación en torno a la actividad de la Administración de la Generalidad en esta materia.

Dicho de otro modo, la Ley significa que la política de cooperación de la Generalidad tiene que responder a una planificación estratégica. Por eso introduce dos nuevos instrumentos: el Plan director y los planes anuales correspondientes, que tendrán que fijar los objetivos, las prioridades geográficas y sectoriales y las líneas de actuación y resultados, así como los recursos humanos y materiales necesarios.

Sin embargo, el despliegue efectivo de la Ley se retrasó. De hecho, hasta el año 2003 no se empezó a desplegar la Ley con la aprobación de algunos reglamentos y la constitución efectiva de algunos de los órganos de coordinación y colaboración que se preveían. Asimismo, el 19 de febrero de 2003, se aprobó el primer Plan director de Cooperación al Desarrollo para el periodo 2003-2006. Este es el principal instrumento de expresión de la política de cooperación al desarrollo de la Generalidad de Cataluña para los próximos cuatro años. Responde a la voluntad de trabajar en este ámbito con una visión y planificación estratégica a medio y largo plazo, en vistas a unos resultados eficientes y duraderos.

Concretamente, el artículo 8 de la Ley mencionada establece que:

“1. La Administración de la Generalidad tiene que elaborar con una periodicidad quadriennal un Plan director que establezca las previsiones de recursos y las prioridades geográficas y sectoriales que tendrán que respetar y concretarse en los planes anuales de cooperación al desarrollo.

“2. El Plan director es la expresión técnica principal de la política de la Generalidad en materia de cooperación en el desarrollo.

“(...)

“4. El Plan director tiene que fijar las prioridades geográficas y sectoriales del periodo, los objetivos estratégicos, los productos y los resultados que se pretenden obtener, y también los recursos humanos, materiales, económicos o de gestión necesarios. El plan tiene que indicar también las líneas de coordinación, colaboración o cooperación con otros agentes públicos o privados, bilaterales o multilaterales, necesarios o convenientes para el reforzamiento de los objetivos estratégicos de la cooperación pública catalana. (...)”

Hay que destacar que, al igual que ocurrió con la Ley de cooperación, la elaboración del primer Plan director se basó en un proceso amplio de estudio, de información y de consulta, en el que han participado los diferentes grupos parlamentarios y los diferentes agentes de la cooperación catalana, ya sea a través de la Federación Catalana de ONGD, del Fondo Catalán de Cooperación al Desarrollo o de los diferentes departamentos de la Generalidad de Cataluña, representados en el Consejo de Cooperación al Desarrollo, en la Comisión Interdepartamental de Cooperación al Desarrollo y en la Comisión de Coordinación con los Entes Locales.

En lo que concierne a los planes anuales, hoy por hoy sólo disponemos, como orientación para la redacción, de dos grandes referentes. En primer lugar, el que menciona al artículo 9 de la Ley, que establece claramente la voluntad del legislador:

“1. Los planes anuales de cooperación al desarrollo son el instrumento de programación de la actividad de la Administración de la Generalidad en este ámbito y tienen que desarrollar los objetivos, las prioridades y los recursos establecidos por el Plan director.

“2. Las actuaciones de cooperación al desarrollo que impliquen gastos con cargo a los presupuestos de la Generalidad tienen que figurar en el Plan anual, el cual tiene que contener también una partida suficiente para afrontar las emergencias y las situaciones no previsibles.

“3. La dirección general competente en materia de cooperación al desarrollo tiene que elaborar la Propuesta del Plan anual. La formulación definitiva corresponde al consejero o consejera competente en materia de actuaciones exteriores, que, con las preceptivas consultas previas, entre otros a los agentes de cooperación, en el marco del Consejo de Cooperación al Desarrollo, tiene que elevarlo al Gobierno para que delibere y, si es procedente, lo apruebe.

“4. El Plan anual tiene que ser presentado al Parlamento para que tenga conocimiento y pueda debatirlo.

“5. Las previsiones del Plan anual tienen que ser incorporadas en las dotaciones de los presupuestos de la Generalidad del año respectivo y tienen que establecerse con la antelación suficiente para que puedan incluirse en la correspondiente ley de presupuestos de la Generalidad.”

En segundo lugar, las buenas prácticas internacionales, que, en síntesis, establecen que los planes anuales tienen que permitir programar en el contexto de planificaciones plurianuales. actuaciones concretas y, al mismo tiempo, favorecer el control, el seguimiento y la evaluación por parte de los diferentes actores, para enmendar errores y extraer consecuencias.

De lo anterior se deriva que, dado que estamos delante del primer Plan anual, lo primero que hace falta hacer es rendir cuentas del estado del Plan director, concretamente con los datos disponibles a finales de abril del 2004.

1.3 El estado del Plan director el abril del 2004 (año 2003).

Las páginas siguientes presentan el estado de la cuestión del gasto vinculado al Plan director durante el año 2003, en función de los datos disponibles a finales de abril del 2004, pero todavía susceptibles de algún cambio.

Hay que recordar que, en función de lo previsto a la Ley 30/2002, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2003 (disposición adicional decimoséptima, cooperación al desarrollo), el Gobierno tenía que destinar un importe total de 24.962.827 de euros a la cooperación al desarrollo, importe que se desglosaba de la manera siguiente:

a) 13.919.230 de euros consignados en la partida presupuestaria, 08.05.480.0809, “Cooperación y solidaridad internacional”.

b) 11.043.597 de euros correspondientes a acciones a hacer en los ámbitos de la solidaridad internacional y de la cooperación al desarrollo, ya sea directamente desde diversos departamentos y organismos autónomos de la Generalidad, o bien mediante el apoyo a entidades que actúan en este ámbito. Se autoriza el Gobierno para que habilite las partidas presupuestarias necesarias, compensando el importe de estas dotaciones con la minoración de otros créditos presupuestarios, para las actuaciones que no tienen cabida en las partidas presupuestarias previstas por los diferentes departamentos.

A continuación se presentan resúmenes, siguiendo el Plan director, del gasto de la Secretaría de Relaciones Exteriores (según estructura y terminología del 2003) y de la Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo (ACCD). Posteriormente se resume el gasto del resto de departamentos.

De manera genérica, hay que decir que la Secretaría y la Agencia destinaron un total de 13.657.038 de euros a acciones de cooperación al desarrollo y solidaridad internacional. Por su parte, el resto de departamentos de la Generalidad destinaron agregadamente durante el 2003 un total de 11.232.655,21 de euros.

Hay que decir nuevamente que ambas cifras están sujetas a eventuales cambios, menores, en función de la revisión final.

1.3.1 Los recursos y los gastos vinculados con la Secretaría y el Agencia.

Los recursos destinados para cooperación y solidaridad internacional 2003 de la Secretaría y la Agencia fueron 13.657.038 de euros, lo que significa un 98% del presupuestado. Estos recursos se repartieron así: el 13% del presupuesto de cooperación 2003 se destinó a subvenciones de la convocatoria abierta y permanente; el 44,4% a subvenciones directas y convenios; y el 42,3% a subvenciones de la convocatoria ordinaria.

Desde de un punto de vista más analítico, y ayudados por las tablas que figuran a continuación de los presentes comentarios, nos ocuparemos primero del gasto repartido por objetivos sectoriales prioritarios del Plan director 2003-2006.

Concretamente, en la partida de objetivos estratégicos de desarrollo (según la terminología, objetivo A) se destinaron 9.142.916,89 de euros, lo que representa sólo un 66,95% de los recursos, aunque el Plan director marca que tienen que destinarse un 82% de los recursos totales a este apartado. Todos ellos se aplicaron a los objetivos prioritarios de desarrollo. A la ayuda de emergencia (según el plan, objetivo B) se destinar a 1.426.100 de euros, el 10,44% de los fondos. Finalmente, a educación y capacidades (objetivo C, según el Plan) se van aplicar los 3.088.021,11 de euros restantes, 22,61% de los recursos, mucho por encima del 9% que permite el Plan director.

Más concretamente, el Plan director establece que los planes anuales destinarán a la consecución de las finalidades relativas, al apoyo a los derechos sociales básicos entre el 12-18% del total de recursos. En el año 2003 se destinó, aproximadamente, el 19% a salud (objetivo 1.1), el 13% a educación (objetivo 1.2), el 2% en acceso a vivienda (objetivo 1.3) y el 7% al ciclo del agua, lo que significa que sólo la educación está entre los márgenes pactados.

En relación con la mejora de la capacidad productiva y la ocupación, el Plan director establece que los planes anuales destinarán a la consecución de cada uno de los dos objetivos de este ámbito entre 5-11% del total de recursos aplicados a los 9 objetivos prioritarios de desarrollo. En cambio el 23% de los recursos aplicados se concentraron en el objetivo 2.1 (mejorar la actividad productiva y comercial, especialmente en los sectores populares), duplicando el límite máximo establecido, y el 10,40% de los recursos aplicados a los nueve objetivos prioritarios de desarrollo se concentraron en el objetivo 2.2 (dar apoyo a programas ocupacionales y de derechos laborales), quedando por debajo mínimamente del límite superior establecido.

També se decidió que se destinaran entre el 5-11% del total de recursos aplicados a los 9 objetivos prioritarios de desarrollo a los tres objetivos relacionados con la gobernabilidad. De éstos, el 2,6% de los recursos aplicados a los 9 objetivos prioritarios de desarrollo se concentraron en el objetivo 3.1 (contribuir a la generación de planes de desarrollo locales para mejorar la gobernanza y la participación ciudadana), el 18,7% a la consecución del objetivo 3.2 (fortalecer las capacidades de los actores estratégicos para mejorar la gobernabilidad democrática y el desarrollo humano), quedando mucho por encima del límite superior y sólo un 3,6% de los recursos se concentró en el objetivo 3.3 (mejorar las capacidades para prevenir los conflictos derivados de las amenazas sobre minorías étnicas, culturales y lingüísticas).

Si analizamos ahora el reparto por zonas geográficas y por sectores prioritarios, de acuerdo con el Plan director, y según muestran las tablas ya mencionadas, podemos destacar que:

Teniendo en cuenta que el Plan director establece que ninguna zona geográfica puede recibir durante un año menos del 15% ni más del 30% de los recursos, en el 2003 se van destinar los recursos de la manera siguiente:

La zona del Mediterráneo recibió durante el año 2003 menos del límite inferior del 15% de los recursos, con una concentración del 12,28%

La zona de América del Sur se llevó durante el año 2003 la mayor parte de los recursos y excedió mínimamente el límite superior del 30% (30,23%).

La zona de Centroamérica y el Caribe se acercó durante el año 2003 al límite del 30% de los recursos (28,27%).

La zona del África subsahariana se llevó un 24% de los recursos destinados a cooperación durante el año 2003.

A otros países del mundo se destinaron el 5,21% de los recursos.

Casi el 50% de los recursos es destinaron al cinco países y/o áreas geográficas, justamente los que el presente Plan quiere considerar principales.

El análisis muestra, sin embargo, que durante el 2003 el Plan no ha servido mucho de elemento de planificación, es decir, para orientar la acción de la Generalidad hacia los objetivos estratégicos prioritarios, sectorial o funcionalmente. Se observa, al contrario, que unos sectores son excesivamente privilegiados y otros son claramente menospreciados.

A nivel geográfico, aunque hay congruencia respecto de los porcentajes establecidos en el Plan director, la dispersión de acciones y la desconexión de sectores en un mismo país no favorecen ni las sinergias, ni la complementariedad, ni ha dado ningún valor añadido a la cooperación catalana.

La experiencia aconseja un camino a seguir, una mayor concentración geográfica y la potenciación de determinados sectores, de forma que puedan coordinarse y complementar las intervenciones y conseguir así un impacto mayor y más mantenido en el tiempo. En cualquier caso, dejando espacios para la innovación geográfica y sectorial, y no concentrando exclusivamente, como así se ha hecho, las actuaciones.

Zonas geográficas

Omitido.

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