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  • EDICIÓN DE 10/09/2004
 
 

HABILITACIÓN DE CRÉDITOS EN EL PROGRAMA 2221 “TRÁFICO Y EDUCACIÓN VIAL”

10/09/2004
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Decreto 163/2004, de 31 de agosto, por el que se habilitan créditos en el Programa 2221 “Tráfico y Educación Vial” por ingresos obtenidos en el Programa 9311 “Relaciones financieras con la Unión Europea” del Presupuesto prorrogado de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2004, por importe de 507.067,05 euros (BOPV de 10 de septiembre de 2004). Texto completo.

DECRETO 163/2004, DE 31 DE AGOSTO, POR EL QUE SE HABILITAN CRÉDITOS EN EL PROGRAMA 2221 “TRÁFICO Y EDUCACIÓN VIAL” POR INGRESOS OBTENIDOS EN EL PROGRAMA 9311 “RELACIONES FINANCIERAS CON LA UNIÓN EUROPEA” DEL PRESUPUESTO PRORROGADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI PARA EL EJERCICIO 2004, POR IMPORTE DE 507.067,05 EUROS

Se han recibido durante el ejercicio 2004 fondos procedentes de la Unión Europea correspondientes al proyecto ARTS en el que participa la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco, proyecto financiado por la Comisión Europea y cuyo objetivo es impulsar el desarrollo de sistemas inteligentes para la gestión del tráfico en el corredor atlántico.

Por tal motivo se procede a su habilitación de conformidad con lo establecido en los artículos 82 y 83 del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Interior, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 31 de agosto de 2004,

DISPONGO:

Artículo único.– Aprobar en el presupuesto prorrogado de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2004 una habilitación de créditos en el siguiente estado de gastos:

(Tabla omitida)

Estos créditos se generan por la obtención de ingresos por el mismo importe en el siguiente estado de ingresos:

(Tabla omitida)

Los fondos se destinarán a financiar las actuaciones precisas dentro del programa de Tráfico y Educación Vial.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

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