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  • EDICIÓN DE 03/08/2004
 
 

CONDICIONES DE AUTORIZACIÓN DE DETERMINADAS FERIAS COMERCIALES OFICIALES

03/08/2004
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Orden de 19 de julio de 2004, por la que se modifican las condiciones de autorización de determinadas Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía (BOJA de 3 de agosto de 2004). Texto completo.

ORDEN DE 19 DE JULIO DE 2004, POR LA QUE SE MODIFICAN LAS CONDICIONES DE AUTORIZACIÓN DE DETERMINADAS FERIAS COMERCIALES OFICIALES DE ANDALUCÍA

Por Resolución de 23 de diciembre de 2003, se autoriza la celebración de Ferias Comerciales con el carácter de oficial en Andalucía y se aprueba el Calendario para el año 2004 (BOJA núm. 6, de 12 de enero de 2004), figurando entre las mismas “Pequemundo”.

La entidad organizadora de dicha feria, con fecha 9 de julio, solicita autorización para modificar las condiciones de celebración de la misma, conforme a lo establecido en el Reglamento de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, aprobado por Decreto 81/1998, de 7 de abril, que en su artículo 21 permite modificar las condiciones de autorización de una feria comercial oficial.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley 3/1992, de 22 de octubre, de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, y el Decreto 81/1998, de 7 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 240/2004, de 18 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, y previo informe del Comité Consultivo de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, DISPONGO

Modificar las condiciones de autorización de la feria comercial oficial de Andalucía “Pequemundo”, organizada por la Institución de Feria Internacional de Muestras Iberoamericana de Sevilla, cuya celebración estaba prevista del 4 al 8 de diciembre de 2004, pasando a celebrarse del 16 al 19 de diciembre de 2004.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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