ORDEN ARP/277/2004, DE 22 DE JULIO, POR LA QUE SE MODIFICAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA MEJORA DE LA CALIDAD DE LA LECHE Y SE CONVOCAN LAS CORRESPONDIENTES AL AÑO 2004
El Real decreto 460/2002, de 24 de mayo (BOE núm. 131, de 1.6.2002), establece las ayudas a la financiación de acciones de asesoramiento para la mejora de la calidad de la leche producida y recogida en las explotaciones, a cargo de los presupuestos generales del Estado, cuya resolución es competencia de cada comunidad autónoma. Por resolución del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca se concederán o denegarán las solicitudes presentadas en el ámbito territorial de Cataluña.
Por ello es necesario continuar potenciando los programas de mejora de la calidad de la leche y su implantación en el ámbito territorial de Cataluña, mediante la convocatoria de las ayudas correspondientes al año 2004, de acuerdo con las bases reguladores aprobadas por la Orden ARP/278/2002, de 19 de julio (DOGC núm. 3688, de 30.7.2002), modificada por la Orden ARP/318/2003, de 11 de julio (DOGC núm. 3929, de 21.7.2003).
Por otro lado, es necesario modificar las bases reguladoras para que permitan una agilización de los trámites que deben hacer los solicitantes gracias a las nuevas tecnologías.
En consecuencia, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, en uso de las competencias que me han sido conferidas,
Ordeno:
Artículo 1
1.1 Se modifica la primera parte del apartado 9.2 de las bases reguladoras aprobadas por la Orden ARP/278/2002, de 19 de julio, que queda redactada de la forma siguiente:
“Las solicitudes se formalizarán en el modelo específico T1 y se presentarán en cualquier registro del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca en el plazo máximo que determine la convocatoria.”
1.2 Se añaden los puntos h) e i) al apartado 9.5 de las bases reguladoras, que quedan redactados de la forma siguiente:
“h) Certificado de la Agencia Tributaria acreditativo de que el solicitante está al corriente de las obligaciones tributarias. Los solicitantes de la ayuda pueden autorizar al Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca para que obtenga los datos económicos directamente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En este caso no es necesaria la aportación de la documentación económica citada. Esta autorización se podrá hacer en el mismo impreso de solicitud.
“i) Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativo de que el solicitante está al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.”
Artículo 2
2.1 Se convocan las ayudas destinadas a fomentar la mejora de la calidad de la leche recogida en las explotaciones de Cataluña, correspondientes al año 2004, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas por la Orden ARP/278/2002, de 19 de julio.
2.2 El plazo de presentación de solicitudes es de un mes contado desde la publicación de esta Orden en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
2.3 El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla por escrito a los solicitantes es de seis meses contado a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2.4 Las ayudas establecidas en esta Orden están financiadas íntegramente a cargo de los presupuestos del Estado. La cuantía máxima de las ayudas es de 359.083,00 euros, que irán a cargo de la partida presupuestaria 1702/D/774170200/7121 de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca para el año 2004.
Disposición final
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.