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  • EDICIÓN DE 14/07/2004
 
 

AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES

14/07/2004
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Orden INT/234/2004, de 5 de julio, por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones previsto en la Orden JUI/436/2002, de 31 de diciembre, por la que se abre convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales para la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil y para la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil, y se aprueban sus bases (DOGC de 14 de julio de 2004). Texto completo.

ORDEN INT/234/2004, DE 5 DE JULIO, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES PREVISTO EN LA ORDEN JUI/436/2002, DE 31 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ABRE CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ENTES LOCALES PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO PARA LA CREACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS BÁSICAS DE PROTECCIÓN CIVIL Y PARA LA ELABORACIÓN, ACTUALIZACIÓN E IMPLANTACIÓN DE PLANES DE PROTECCIÓN CIVIL, Y SE APRUEBAN SUS BASES

Mediante la Orden de la consejera de Justicia e Interior de 31 de diciembre de 2002, se abrió convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales para la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil y para la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil (DOGC núm. 3803, de 20.1.2003).

La base 8 de la mencionada convocatoria dispuso que los beneficiarios de la subvención tienen que presentar la documentación justificativa de los gastos efectuados en la Dirección General de Emergencias y Seguridad Civil en el plazo de nueve meses desde la fecha de publicación de la resolución de concesión, la cual se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 3943, de 8.8.2003.

Dado que las actuaciones objeto de estas subvenciones requieren de un plazo de ejecución más amplio, se hace necesario ampliar el plazo de justificación de los gastos efectuados por los beneficiarios de las subvenciones concedidas mediante la Resolución JUI/2435/2003, de 4 de agosto;

Por todo eso, y de acuerdo con el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña,

Ordeno:

Ampliar hasta el día 15 de septiembre de 2004 el plazo de justificación de las subvenciones otorgadas mediante la Resolución JUI/2435/2003, de 4 de agosto, previsto en la base 8 de la Orden JUI/436/2002, de 31 de diciembre, por la que se abre convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales para la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil y para la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil, y se aprueban sus bases.

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