CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD NÚMERO 6250/2003, EN RELACIÓN CON LA DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA DE LA LEY DE ANDALUCÍA 10/2002, DE 21 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN NORMAS EN MATERIA DE TRIBUTOS CEDIDOS Y OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS, ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS Y SOBRE EL ARTÍCULO 8.O, APARTADO 15, DE LA LEY 44/2002, DE 22 DE NOVIEMBRE, DE MEDIDAS DE REFORMA DEL SISTEMA FINANCIERO
El Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de junio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 6250/2003, planteada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Córdoba, en relación con la disposición adicional quinta de la Ley de Andalucía 10/2002, de 21 de diciembre, por la que se aprueban normas en materia de tributos cedidos y otras medidas tributarias, administrativas y financieras, por supuesta vulneración del art. 9.3 de la Constitución, y sobre el art. 8, apartado 15, de la Ley 44/2002, de 22 noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, que modifica la disposición adicional segunda de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros, por presunta vulneración de los arts. 149.1.11.a y 149.3 de la Constitución, en relación con el art. 18.1.3.a del Estatuto de Autonomía de Andalucía.