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LOS PRECIOS PRIVADOS DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN MENSUAL O COMEDOR

16/06/2004
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Orden 2034/2004, de 1 de junio, por la que se fija la cuantía de los precios privados del servicio de alimentación mensual o comedor, a prestar por determinados centros públicos para el curso escolar 2004-2005 (BOCAM de 16 de junio de 2004). Texto completo.

ORDEN 2034/2004, DE 1 DE JUNIO, POR LA QUE SE FIJA LA CUANTÍA DE LOS PRECIOS PRIVADOS DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN MENSUAL O COMEDOR, A PRESTAR POR DETERMINADOS CENTROS PÚBLICOS PARA EL CURSO ESCOLAR 2004-2005

De conformidad con lo previsto en el apartado 1 de la Disposición Adicional Cuarta del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, la fijación y modificación de la cuantía de los precios privados se realizará por Orden de la Consejería.

El apartado dos de la citada disposición indica que cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo aconsejen, podrán fijarse precios privados que resulten inferiores a los costes.

La Orden 5363/2001, de 26 de noviembre, de la Consejería de Educación, por la que se regula la determinación de los precios por venta de bienes, prestación de servicios y realización de actividades llevadas a cabo por la Consejería de Educación que tengan la consideración de precios privados, establece en su artículo 3 los criterios para la fijación y modificación de la cuantía de estos precios.

En cumplimiento de esta normativa se ha elaborado la memoria económica que justifica el importe propuesto y el grado de cobertura de los costes correspondientes al servicio de comedor prestado por los centros públicos que imparte Educación Preescolar y Educación Infantil.

En su virtud, y previo informe favorable de la Consejería de Hacienda,

DISPONGO

Primero

El precio privado del servicio de alimentación mensual o comedor prestado por los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid que, en el próximo curso 2004/2005, impartan Educación Preescolar y Educación Infantil se fija en la cuantía que se detalla en el Anexo I de la presente Orden.

Segundo

El precio que se establece en el punto anterior será de aplicación para los servicios que se realicen en el próximo curso académico 2004/2005.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

Precios privados correspondientes a los servicios ofertados por los centros que imparten Educación Preescolar y Educación Infantil de la Comunidad de Madrid para el curso escolar 2004/2005.

Centros públicos que imparten Educación Preescolar y Educación Infantil.

Servicio de alimentación mensual o comedor: Precio mensual, 73,40 euros.

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