La Sala ha acordado requerir a la Administración General del País Vasco que le remita el expediente administrativo. Asimismo, ordena a dicha Administración que “la resolución que dicte acordando remitir el expediente la notifique en el plazo de cinco días a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en este recurso en el plazo de nueve días”.
Para impugnar la citada resolución cabe recurso de súplica ante la misma Sala mediante escrito presentado en el plazo de cinco días, contados desde el siguiente a su notificación.
El Gobierno de Navarra adoptó el pasado 19 de enero el acuerdo de plantear un conflicto positivo de competencias ante el Tribunal Constitucional, así como de interponer un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Gobierno Vasco de 25 de octubre de 2003 que aprobaba “la propuesta de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi”.