El fiscal del caso alega que considera de plena vigencia la Ley Foral 6/2000, de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las parejas estables y, en su opinión, el auto está “muy motivado, justificado y es extenso”.
La Ley Foral 6/2000, de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las parejas estables que reconoce el derecho a la adopción por parte de las parejas homosexuales, está pendiente de un recurso interpuesto ante el Tribunal Constitucional por 80 diputados del Partido Popular y 3 de Unión del Pueblo Navarro. En ese recurso no se acordó la suspensión de la norma autonómica, porque las partes no lo solicitaron.
El recurso de inconstitucionalidad constituyó ayer la clave del debate. El portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Enrique López, ha afirmado que el auto es una “mera aplicación e interpretación” de una Ley recurrida ante el Tribunal Constitucional.
Enrique López manifestó que la Ley Foral 6/2000, de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las parejas estables está puesta en cuestión ante el Tribunal Constitucional y hay que esperar a que dicho Tribunal determine si esta Ley se acomoda a la Constitución o contraría los propios principios constitucionales.
Por su parte, el vocal del Consejo General del Poder Judicial, Luis Aguiar, se mostró favorable a la extensión a otros territorios españoles del contenido de la Ley Foral navarra sobre Parejas de hecho.
Así, Luis Aguiar afirmó que “sería bueno” extender las mismas competencias en legislación civil a otras comunidades autónomas para evitar situaciones discriminatorias.
Por otro lado, el secretario de Estado de Justicia, Rafael Catalá, ha manifestado que respeta la decisión judicial de la juez de Pamplona pero considera que el Gobierno navarro “ha invadido competencias estatales” con la Ley de parejas de hecho.
En opinión de Javier Nanclares, profesor de Derecho Civil de la Universidad de Navarra, “la regla general es que las situaciones consolidadas y ya producidas no se revoquen por un principio de seguridad jurídica, a pesar de que estén fundamentadas en una norma declarada inconstitucional”.
En este caso, el auto de adopción del Juzgado de Familia de Pamplona es firme, ya que se emitió el pasado 22 de enero y el fiscal debería haber planteado el recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir de su notificación.