Los tres jueces que han decidido su tramitación, Luis Ángel Garrido, José Antonio Alberdi y Roberto Saiz, consideran que la Jurisdicción Contenciosa es competente para resolver esta impugnación. El criterio mayoritario recuerda varias sentencias del Tribunal Supremo sobre la admisión del control judicial de una actividad política del Gobierno.
Sin embargo, el voto particular -incluido por la presidenta de la sala, Ana Isabel Rodrigo, y Ángel Ruiz- argumenta que su jurisdicción no puede resolver sobre un acto de simple comunicación a la Cámara vasca por carecer de efecto jurídico. En su opinión, para que los tribunales puedan actuar, tiene que ser aprobado y, entonces, sería el Tribunal Constitucional el competente para resolverlo.
Esta admisión no produce efectos inmediatos sobre la propuesta del Lehendakari Juan José Ibarretxe, es decir, no se suspende. Se espera que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco tarde al menos un año en pronunciarse sobre el fondo del asunto.
La Institución foral de Álava, que pidió la nulidad del acto del Consejo de Gobierno Vasco, denunció la indefensión en la que se encuentra la institución foral al no conocer ni intervenir en el proceso de “clara derogación del Estatuto de Autonomía”.