La reforma que se introducirá en la Ley del Menor permitirá a las víctimas y a sus familiares ser parte en los procesos penales; asimismo, se pretende prolongar e incrementar las penas en los delitos o faltas de especial gravedad.
Está también prevista la creación de centros específicos para el cumplimiento de las penas especialmente graves y se estudiará la posibilidad de que los condenados que cumplan 18 años puedan terminar su condena en centros penales ordinarios.
Un aspecto importante de la reforma hace referencia a la adopción de una serie medidas destinadas a lograr una mayor eficacia en las condenas impuestas por los jueces a menores que hayan sido condenados por delitos de especial gravedad: homicidio, asesinato y violación.
Sin embargo, falta por concretar si esta última medida se aplicará a los menores que, al cometer el hecho delictivo, tuviesen 16 ó 17 años, o también a los delincuentes con edades comprendidas entre 14 y 15 años. Antes de su aprobación definitiva y, por tanto, la concreción de las reformas, se solicitará informe al Consejo General del Poder Judicial y a la Fiscalía General del Estado.
Por otro lado, en la misma reunión, se pactó también sancionar más duramente el encubrimiento de un crimen así como regular el embargo de bienes a sociedades interpuestas utilizadas para blanquear dinero procedente del tráfico de estupefacientes, mediante la modificación del Código Penal.