La reforma propuesta por el Partido Popular, a través de una enmienda, pretende resolver los problemas que en este ámbito tienen con mayor frecuencia periódicos digitales, revistas y emisoras de radio pequeñas.
La enmienda explica que estos medios se encuentran en la necesidad de cerrar sus puertas para hacer frente a la ejecución provisional antes de que una instancia superior revise la primera sentencia.
La propuesta de reforma tiene en cuenta que la ejecución provisional de este tipo de sentencias en su aspecto indemnizatorio puede llevar materialmente a afectar al ejercicio del derecho a la libertad de expresión cuando el condenado en primera instancia no dispone de recursos suficientes para hacer frente a ella.
El Partido Popular justifica su propuesta en la recomendación que hizo el pasado 19 de febrero el Defensor del Pueblo de modificar la Ley de Enjuiciamiento Civil en el sentido de que no sean ejecutables provisionalmente las indemnizaciones establecidas en las sentencias condenatorias por violación de los citados derechos, cuando estos hayan entrado en colisión con la libertad de información, sin perjuicio de la ejecución inmediata de los contenidos no indemnizatorios.
Ahora con esta reforma se trata de que cuando se da la controversia judicial entre el derecho al honor o a la intimidad y el derecho a la libertad de expresión la declaración a favor del primero en la sentencia no afecte, perjudique o impida la continuidad en el ejercicio del segundo por parte del condenado
La modificación no impide, no obstante, la ejecución de los pronunciamientos de la sentencia que no tengan carácter indemnizatorio.