En el citado informe, la Policía critica que un detenido por delitos menores quede en libertad necesariamente en comisaría poco después de la detención. Esta situación, según refleja el documento, está produciendo sensación de impunidad en los autores de estos hechos.
Además, el informe considera que la situación se agrava porque es frecuente que los autores, a pesar de estar citados por la Policía para juicio, no comparezcan, por lo que posteriormente resulta muy problemática la notificación de la sentencia y su cumplimiento porque no suelen tener un domicilio fijo.
Asimismo, la Policía señala que la imposición de penas de multa, para los casos que llegan a juicio, son penas por cuantías muy bajas, lo que provoca que a los autores les sea más rentable pagar la multa que dejar la actividad ilícita.
Ante esta situación, la Policía propone que se garantice la presencia del autor de los hechos en el juicio oral, lo que implicaría que la Junta de Jueces admitiera la puesta a disposición judicial nuevamente, que el juicio se celebre con sentencia “in voce” y que ésta se notifique por escrito en el propio juzgado.
El informe ha sido remitido al juez decano para que estudie la posibilidad de retomar la situación previa a la entrada en vigor de la Ley de juicios rápidos y los detenidos por este tipo de delitos puedan pasar nuevamente a disposición judicial.
A este respecto, el juez decano de Barcelona, Joaquim Bayo, ha convocado una junta extraordinaria de jueces de Instrucción de la capital catalana para el próximo 9 de octubre.