La Comisión ya tiene potestad para tomar decisiones tales como congelar activos financieros, cuentas bancarias o determinados fondos o activos económicos, incluidos los depositados en cajas de seguridad, durante un periodo inicial de seis meses, sin necesidad de informar a los titulares de estos saldos ni solicitar permiso a un juez.
Además, todas las entidades públicas y privadas tienen la obligación de dar cuenta a la Comisión de cualquier información que puedan tener, incluso a nivel de indicios, de que determinados fondos, recursos o transferencias pueden estar relacionados con el terrorismo y su financiación.
Igualmente, la Comisión por sí misma tiene derecho de acceder y solicitar cualquier tipo de datos de entidades no sólo privadas, sino públicas.
En este sentido, la Comisión de Vigilancia de Financiación del Terrorismo tendrá especial relevancia en la congelación de cualquier activo financiero que pueda contribuir a la financiación de las organizaciones terroristas, mediante un procedimiento rápido y ágil, y en la mejora de la investigación de los cauces por los que estos grupos obtienen recursos.
La Comisión ha adoptado ya las primeras decisiones, como la creación de un equipo de investigación especializado y el establecimiento de los cauces de relación con la comisión que combate el blanqueo de capitales.