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  • EDICIÓN DE 14/05/2003
 
 

LA ORGANIZACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS RECOMIENDA LOS PROCEDIMIENTOS EXTRAJUDICIALES PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS DE CONSUMO

14/05/2003
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La Organización de Consumidores y Usuarios ha recomendado acudir a los procedimientos extrajudiciales para la resolución de conflictos de consumo, antes de llegar a juicio, debido a los elevados costes y demora en la resolución en este último caso.

La organización entiende que hay otras formas de reclamar y hacer valer los derechos del consumidor mediante mecanismos al margen de los tribunales de justicia.

Así, propone intentar alcanzar un acuerdo con la otra parte, aunque sea a costa de renunciar a una parte de sus pretensiones o la mediación en caso de que el acuerdo no sea posible.

Otra alternativa que ve la organización es el arbitraje de consumo, cuando la mediación no es exitosa. Para solicitar el arbitraje, el consumidor puede dirigirse a la Organización de Consumidores y Usuarios de su localidad o al Servicio de Consumo provincial o autonómico.

En el caso de que la mediación y el arbitraje hayan fracasado, el consumidor puede dirigirse al Defensor del Asegurado, del Cliente o del Inversor. En caso de que la resolución no le satisfaga o no responda en determinado plazo, el siguiente paso consiste en acudir al órgano de control específico establecido por la Administración.

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