El Mutualismo Administrativo es el mecanismo de cobertura del Régimen especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.
El Reglamento General del Mutualismo Administrativo tiene como objeto el desarrollo y ejecución del Texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo de 4/2000, de 23 de junio.
El Reglamento que aprueba el Real Decreto 375/2003 se justifica por la existencia de supuestos en que las remisiones del Texto refundido a normas reglamentarias no pueden satisfacerse con la aplicación de las de carácter vigente, bien por tratarse de aspectos de nueva regulación, bien por resultar obligatoria la introducción de nuevas normas reglamentarias en aspectos concretos o bien por tener que aclarar ciertos preceptos del Texto refundido.
En el campo de aplicación del Decreto 375/2003 figuran los funcionarios de carrera de la Administración Civil del Estado, los funcionarios en prácticas, los funcionarios especificados en una serie de supuestos especiales y los procedentes del extinguido Servicio de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales.
La gestión del Mutualismo administrativo para los funcionarios incluidos en su campo de aplicación corresponde a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, organismo público con personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios y autonomía de gestión.