El Decreto Foral 59/2003 procede al desarrollo reglamentario de la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas, con el fin de completar sus efectos jurídicos y dar cumplimiento a sus previsiones.
El Decreto Foral completa, entre otras cosas, la iniciación del procedimiento de actuación en infraestructuras agrícolas como consecuencia de una solicitud motivada de los posibles beneficiarios y la composición de la Comisión Consultiva.
Asimismo, desarrolla las ayudas para el fomento de las agrupaciones de explotaciones agrarias, las normas para la adjudicación del Fondo de Tierras, el régimen de ayudas a la constitución de sociedades agrarias y las condiciones que deben cumplir los beneficiarios para la percepción de indemnizaciones por pérdidas en cultivos permanentes.
También hace referencia el Decreto Foral 59/2003 a los requisitos previos a cumplir por los beneficiarios de las actuaciones en infraestructuras agrícolas y a los criterios para establecer el porcentaje de subvención en la financiación de las obras de transformación o modernización de regadíos, en el supuesto de distribución interior en terrenos comunales.