La reforma propone la reestructuración de la oficina y la implantación de nuevos métodos de trabajo para permitir al juez su plena dedicación a la tarea de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.
Para ello se crean los servicios comunes y los servicios de apoyo directo a cada órgano judicial, que conllevan un más racional y mejor aprovechamiento de los recursos humanos y un notable abaratamiento en los costes de la Justicia.
Asimismo, la reforma potencia la actuación del Secretario Judicial, aprovechando sus capacidades profesionales en sus funciones de fedatario e impulsor de la ejecución de resoluciones judiciales, y define con mayor precisión sus atribuciones de dirección técnico-procesal del personal.
En materia de personal, los antiguos Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes son sustituidos por nuevos Cuerpos de Gestión y Tramitación Procesal y de Auxilio Judicial y se eleva la titulación exigida para el acceso a los Cuerpos de la Administración de Justicia.
Además, la reforma permitirá atender por la tarde las oficinas judiciales, impulsar las oficinas de atención al ciudadano y atención a las víctimas de delitos violentos, así como responder al derecho de los ciudadanos a dirigirse a la Justicia mediante el uso de las nuevas tecnologías.