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  • EDICIÓN DE 05/03/2003
 
 

LA ORDEN DE PROTECCIÓN CONTRA LOS MALOS TRATOS FUNCIONARÁ DESDE EL 28 DE ABRIL

05/03/2003
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La orden de protección judicial a las víctimas de los malos tratos en el ámbito doméstico entrará en vigor el próximo 28 de abril, coincidiendo con la implantación de los nuevos juicios rápidos.

La pretensión es que, desde esa fecha, una persona que denuncie malos tratos pueda acudir a una comisaría, a las oficinas de atención a las víctimas, al Juzgado de Guardia o a la Fiscalía para solicitar la orden de protección, una iniciativa que también puede partir del propio fiscal.

Respecto a esto, el Ministro de Justicia, José María Michavila, afirmó que el sistema funcionará como una ventanilla única que se hará cargo de la petición y la trasladará a las autoridades judiciales.

Desde ese momento, un juez podrá acordar de forma simultánea las medidas urgentes que estime convenientes para garantizar los derechos de la víctima: alejamiento del agresor, retirada del permiso de armas si existe, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, suspensión del régimen de visitas e, incluso, para los casos más graves, el ingreso en prisión provisional del agresor.

Como novedad, las medidas cautelares será inscritas en el llamado Registro de Medidas de Violencia Doméstica, que permitirá al juez disponer de una información actualizada sobre la situación procesal del denunciado.

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