Con el Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal se agrava la pena cuando un sujeto haya cometido tres delitos semejantes con anterioridad.
El Consejo General del Poder Judicial expresa reservas al hecho de que la reiteración de faltas llegue a convertirse en delito, especialmente si su autor ya fue condenado por ellas.
Una vez más, la votación reprodujo la división del Consejo General del Poder Judicial: los diez vocales de la mayoría conservadora más el Presidente avalaron el detallado informe y los ocho vocales de la minoría más dos vocales independientes votaron en contra y emitieron votos particulares.
El voto particular de la minoría sostiene que el texto del Gobierno vulnera en algunos aspectos preceptos constitucionales, especialmente en la concepción de “multirreincidencia” y en sus efectos punitivos.