El Estatuto de Autonomía de Extremadura y la Ley 4/1994, de 10 de noviembre, de Protección y Atención a menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura otorgan competencia protectora a la Comunidad sobre los niños y niñas residentes en Extremadura.
El objeto del Decreto es establecer los cauces procedimentales adecuados para la valoración de solicitudes de adopción y acogimiento familiar en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como para la selección de adoptantes y acogedores.
La finalidad del Decreto autonómico es dotar de mayor eficacia a las problemáticas que se han ido presentando con la práctica en dicho procedimiento, así como clarificar determinados preceptos que perjudican a los interesados.
Asimismo, el Decreto 5/2003 regula el procedimiento a través del cual se evalúa la idoneidad de los solicitantes de acogimiento familiar y la selección de los que resulten más idóneos para un determinado menor, al encontrarse este procedimiento sin una regulación específica en el ordenamiento autonómico.
La estructura del Decreto 5/2003 es la siguiente:
El Título I está dividido en cuatro Capítulos. En el Capítulo I se establece la competencia y composición de la Comisión Técnica de Valoración; el Capítulo II está dedicado al procedimiento de valoración de solicitudes de adopción nacional en el ámbito de la Comunidad Autónoma; en el Capítulo III se regulan los criterios de valoración de adopción nacional y en el Capítulo IV se establecen los criterios de valoración de acogimiento familiar.
El Título II se compone de dos Capítulos. El Capítulo I se dedica al procedimiento de selección de adoptantes y el Capítulo II recoge el procedimiento de selección de acogedores.
El Título III del Decreto 5/2003 recoge las especialidades de la tramitación de las solicitudes de adopción internacional.
En el Título IV se regula el Registro General de Adopciones y Acogimientos Familiares.
Tanto la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de Extremadura como la Ley 4/1994, de 10 de noviembre, de protección y atención a menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pueden consultarse, respectivamente, en los Libros Segundo y Séptimo del Repertorio de Legislación vigente de Iustel.