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  • EDICIÓN DE 13/01/2003
 
 

CONSEJO DE SEGURIDAD E HIGIENE ALIMENTARIA

13/01/2003
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Decreto 183/2002, de 12 de diciembre, por el que se regula la composición y funcionamiento del Consejo de Seguridad e Higiene Alimentaria de la Comunidad de Madrid (BOCAM de 10 de enero de 2003).

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid confiere a la misma el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de Sanidad e Higiene.

Para impulsar la participación de los agentes económicos y sociales en la prevención de los riesgos para la salud relacionados con el consumo de alimentos y promover la seguridad alimentaria se creó el Consejo de Seguridad e Higiene Alimentaria de la Comunidad de Madrid mediante el Decreto 87/2000, de 18 de mayo.

En base a esta competencia normativa se dicta el Decreto 183/2002 con el objetivo de adaptar la estructura y funcionamiento del Consejo de Seguridad e Higiene Alimentaria a la Ley 12/2001, de 21 de diciembre.

Asimismo, el Decreto 183/2002 crea un Comité con funciones específicas de asesoramiento científico en el que participan destacados profesionales para asesorar a la Autoridad Sanitaria en Salud Pública.

Tanto la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid como la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid pueden consultarse, respectivamente, en los Libros Segundo y Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

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