Las Directivas vigentes en el ámbito de la seguridad marítima hacen referencia a un Comité sobre las condiciones mínimas exigidas a los buques con destino a los puertos marítimos de la Comunidad o que salgan de los mismos y transporten mercancías peligrosas o contaminantes.
Dichos comités se regían por lo dispuesto en la Decisión 87/373/CEE del Consejo, de 13 de julio de 1987, la cual fue sustituida por la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión.
El objetivo de la Directiva 2002/84/CEE es mejorar la aplicación de la legislación comunitaria en el ámbito de la seguridad marítima, la protección del entorno marino y las condiciones de vida y trabajo a bordo de los buques.
La Directiva 2002/84/CEE modifica las Directivas del Consejo 93/75/CEE, 94/57/CE, 95/21/CE, 96/98/CE, 97/70/CE, 98/18/CE, 98/41/CE y 1999/35/CE y las Directivas del Parlamento Europeo, del Consejo 2000/59/CE, 2001/25/CE y 2001/96/CE, relativas a la seguridad marítima, con el fin de sustituir los comités existentes por el Comité de seguridad marítima y prevención de la contaminación por los buques.
Procede asimismo a modificar las mencionadas Directivas con el fin de aplicarles los procedimientos de modificación establecidos por el Reglamento (CE) nº 2099/2002, así como las disposiciones pertinentes de dicho Reglamento destinadas a facilitar su adaptación a las enmiendas efectuadas en los instrumentos internacionales contemplados por la legislación comunitaria en el ámbito de la seguridad marítima.
La Decisión 1999/468/CE del Consejo por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión, de 28 de junio de 1999 puede consultarse en el Libro Décimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.