El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de organización, régimen jurídico y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.
En base a esta competencia se dicta la Ley 8/2002 con el objetivo de impulsar el desarrollo de nuevas tecnologías, y disponer de un sistema propio de investigación, así como de los mecanismos de transferencia de dichas tecnologías a los sectores a los que van dirigidos.
Por ello, para que el Centro de Investigación y Desarrollo Agroalimentario (CIDA) pueda desempeñar con eficacia las funciones de investigación y desarrollo de esos sectores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Ley 8/2002 lo dota de una estructura, acorde con sus fines.
En materia de personal, la Ley 8/2002 dota al CIDA y al Centro de Recursos Marinos de una estructura de gestión y de relaciones con otros centros de investigación, tanto públicos como privados, cuyos fines u objetivos coincidan con los que se les atribuyan, diferenciada del resto de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
La Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de Murcia puede consultarse en el Libro Segundo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.