Consideran que la Legislación no sistematiza adecuadamente las normas de protección del adquirente de viviendas, y consideran conveniente una regulación unitaria y más implicada en los derechos e intereses del comprador de viviendas que se podría denominar “Estatuto del adquiriente de viviendas”.
El Notariado considera que para mejorar la protección jurídica del comprador de pisos sería necesario un asesoramiento jurídico previo a la redacción del contrato que permita vincular a ambas partes.
Asimismo consideran conveniente la obligatoriedad por parte del promotor de suscribir un documento que constituiría el Estatuto Jurídico del Inmueble, en el que se recogerían los elementos fundamentales del mismo y fortalecer el sistema de garantías de las cantidades entregadas a cuenta por el comprador que garantizaría su devolución en caso de incumplimiento contractual por el vendedor.