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ESTRATEGIA DE RESIDUOS

06/11/2007
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Acuerdo de 18 de octubre de 2007, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid (BOCAM de 5 de noviembre de 2007). Texto completo.

ACUERDO DE 18 DE OCTUBRE DE 2007, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA LA ESTRATEGIA DE RESIDUOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid surge en respuesta a la necesidad de establecer el marco en el que va a desarrollarse en los próximos años la gestión de los residuos que se producen en nuestro territorio. Para facilitar la comprensión y el desarrollo de las actuaciones necesarias, la Estrategia se divide en capítulos conformados por los siguientes planes específicos:

— Residuos urbanos.

— Residuos industriales.

— Residuos de construcción y demolición.

— Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

— Residuos de PCB.

— Vehículos al final de su vida útil.

— Neumáticos fuera de uso.

— Lodos de depuradora.

— Suelos contaminados.

Además de los planes relativos a los diferentes tipos de residuos, la Estrategia aborda la planificación en materia de suelos contaminados, aspecto ambiental estrechamente relacionado con la problemática de los residuos. En este sentido, la propia normativa sobre residuos incluye las prescripciones y directrices básicas a aplicar en materia de contaminación de suelos.

Los objetivos prioritarios de esta Estrategia se orientan a conseguir:

— Altas tasas de reducción de la cantidad de residuos que se generan, mediante la implantación de medidas que permitan minimizar la cantidad de residuos que se producen y maximizar la reutilización.

— El incremento del reciclado (la valorización material) frente a la valorización energética y frente a cualquier forma de eliminación de los residuos.

— Elevadas tasas de tratamiento “in situ” de los residuos, especialmente en el caso de los peligrosos.

— Dotar a la Comunidad de Madrid de suficientes instalaciones de valorización de residuos que permitan tratar adecuadamente los residuos que se generan en la región.

— Dotar a la Comunidad de Madrid de instalaciones de tratamiento de residuos equipadas con las mejores tecnologías disponibles que permitan minimizar los riesgos y efectos adversos para el medio ambiente y la salud de las personas que se derivan de la gestión de los residuos.

Además, y para cada categoría de residuos, se establecen en los diversos capítulos de la Estrategia objetivos concretos derivados de la aplicación de normativa específica o, en el caso de los residuos peligrosos, acordes con la producción y la capacidad de tratamiento de las instalaciones en la Comunidad de Madrid.

En relación con los suelos contaminados, la Estrategia tiene por objeto implantar mecanismos de control preventivo y de detección de los posibles efectos adversos sobre la calidad del suelo derivados de las diversas actividades industriales. En este sentido, los objetivos genéricos son la reducción (en este caso de las afecciones), el seguimiento continuo y la corrección (tratamiento), preferiblemente “in situ”, de los suelos contaminados o que presenten indicios de contaminación.

La presente Estrategia ha sido sometida al procedimiento de análisis ambiental de planes y programas, tal y como establece la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, en virtud de la cual los planes y programas de la Administración Autonómica o Local que se desarrollen en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con carácter previo a su aprobación, deberán someterse al procedimiento de Análisis Ambiental, con el objetivo de evitar, reducir o minimizar los efectos adversos sobre el medio ambiente, derivados de la puesta en marcha o ejecución de los mismos. Dicho procedimiento incluye la realización de un Estudio de Incidencia Ambiental, en el que se identifiquen, describan y evalúen los posibles efectos en el medio ambiente de la aplicación del plan o programa.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 3/2006, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2007, el Gobierno de la Comunidad de Madrid, previo informe de la Consejería de Hacienda, podrá aprobar planes y programas de actuación que impliquen gastos que puedan extenderse a ejercicios futuros. Igualmente, el artículo 10.c) de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid, establece que los planes en materia de residuos se aprobarán mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno.

En virtud de lo anterior, a propuesta de la excelentísima señora Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 18 de octubre de 2007,

ACUERDA

Aprobar la Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con el artículo 10 de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid, la Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid y la documentación correspondiente podrán consultarse tanto en la biblioteca de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en la calle Princesa, número 3, primera planta, Madrid, como en la página web www.madrid.org

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