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  • EDICIÓN DE 19/07/2002
 
 

PREVENCIÓN DE LA LEGIONELOSIS

19/07/2002
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Decreto 90/2002, de 4 de julio, sobre medidas complementarias relativas a las instalaciones de riesgo y empresas de mantenimiento en relación con la prevención de la legionelosis (BOPAP de 19 de julio de 2002).

El Decreto se dicta por el vacío legal que provoca el Real Decreto 909/2001, de 27 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis, el cual, no establece el procedimiento a seguir para la notificación a que se refiere su artículo 3.

El Real Decreto citado regula las condiciones higiénico-sanitarias de las instalaciones que pueden generar brotes de legionelosis y establece sistemas de mantenimiento documentados y mecanismos para conocer la ubicación exacta de las posibles fuentes de exposición.

Ahora, el objeto del Decreto 90/2002 es el establecimiento de medidas complementarias relativas a notificación, documentación, mantenimiento e inspección de las instalaciones de riesgo, contempladas en el Real Decreto 909/2001, de 27 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.

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