Por Real Decreto 304/1985, de 6 de febrero, fueron traspasadas a la Comunidad Autónoma de Andalucía las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Asociaciones, y el Registro de Asociaciones se venía regulando por la Orden de 10 de junio de 1985.
Al no regular de forma completa las disposiciones anteriores el procedimiento de inscripción, las funciones y normas de funcionamiento interno del Registro, la Comunidad Autónoma de Andalucía ha aprobado el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Asociaciones de Andalucía.
El Decreto 152/2002 deroga expresamente en su disposición derogatoria única la Orden de 10 de junio de 1985, por la que se regula la organización y funcionamiento de los Registros de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Orden de 30 de abril de 1986, por la que se regula la inscripción de Asociaciones Juveniles.
Tanto el Real Decreto 304/1985, de 6 de febrero, como la Orden de 10 de junio de 1985, pueden consultarse en el Libro Tercero del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.