El Estatuto de la Nueva Empresa permitirá la constitución de nuevas sociedades en un plazo de 48 horas. Introduce a los emprendedores en un régimen jurídico societario sencillo y rápido que les garantiza la separación del patrimonio personal del empresarial, sin merma de la seguridad jurídica.
El Proyecto de Ley del Estatuto de la Nueva Empresa se dirige a las empresas más pequeñas. En este sentido, la norma toma como base la fórmula jurídica de responsabilidad limitada, que se ha simplificado para adaptarla a las características específicas de las empresas más pequeñas, y para este fin se ha introducido un nuevo Capítulo y cinco disposiciones adicionales a la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Del Proyecto de Ley destaca que en el momento de su constitución, los socios de la nueva empresa sólo podrán ser personas físicas. La denominación social es única y se compone del nombre y apellidos de uno de los socios más un código alfanumérico, incluyendo la mención Sociedad Limitada Nueva Empresa o su abreviatura SLNE.
Otras de las novedades que presenta el texto del Proyecto de Ley es que elimina la limitación a tres años del Estatuto de la Nueva Empresa, describe unos órganos sociales adaptados al uso de las tecnologías de la información y comunicaciones y establece un capital social mínimo de 3.012 euros y uno máximo de 60.096 euros.
La Nueva Empresa tiene por objeto estimular la creación de empresas a través de la puesta en marcha de un modo más rápido y menos costoso, la mejora de la legislación y la reglamentación relativa a la creación de empresas y la agilización de las relaciones entre la Administración y las empresas.