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TSJA

Condenados en Almería los dos pilotos de una patera con casi 30 personas que pagaron 8.000 euros por el viaje

25/11/2025
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a cinco años de prisión a los dos responsables de una patera que partió desde una playa de Argelia con una treintena de personas a bordo a las que cobraron unos 8.000 euros para ocupar un sitio en la precaria embarcación de reducido tamaño en la que fueron trasladados hasta las costas de Almería.

ALMERÍA 22 Nov. (EUROPA PRESS) -

El fallo, consultado por Europa Press, rechaza el recurso de apelación de la defensa y ratifica las penas por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros para cada uno de los acusados, quienes pusieron el riesgo la vida de otras personas ante un traslado en una embarcación falta de espacio, lo que incrementaba la posibilidad de que alguna de ellas cayera al mar ante "cualquier movimiento brusco".

El tribunal considera que existe suficiente prueba de cargo contra ellos no solo por la declaración de un testigo protegido, que los identificó, sino también por la existencia de un vídeo grabado a bordo por otra persona, que no quiso declarar por posibles represalias, en el que se les identifica a los mandos de la nave. Las imágenes fueron entregadas a la Policía e incluidas en la causa.

La resolución judicial los hechos ocurrido el 5 de agosto del pasado año cuando sobre las 17,19 horas una patrullera de la Guardia Civil localizó a unas 24 millas al Levante de Carboneras una embarcación semirígida de unos 7,20 metros de eslora por 2,70 de manga con 29 inmigrantes argelinos indocumentados a bordo.

Los ocupantes habían partido de costa argelina sobre las 2,00 horas y se dirigían a las costas españolas patroneados por los acusados, quienes se ocupaban por igual de las tareas de repostaje de la embarcación y utilización del GPS.

Los acusados actuaban en connivencia con otras personas no identificadas, que habían cobrado a cada uno de los inmigrantes unos 8.000 euros por su traslado a las costas españolas.

El viaje se desarrolló en buena parte en horas nocturnas, en una embarcación "carente de toda medida seguridad" y "no apta" para este tipo de viajes, puesto que no contaba con chalecos o aro salvavidas, bengalas, señales fumígeras flotantes, así como tampoco con equipos de navegación, de radiocomunicaciones, contraincendios o de achique.

Al reducido tamaño de la patera para el número de personas que la ocupaban se unieron las condiciones meteorológicas adversas, registradas, con vientos de hasta fuerza cinco y una mar de marejadilla a marejada, con olas de hasta 1,25 metros. Todo ello hizo peligrar la vida de los ocupantes que iban a bordo de una embarcación "sumamente inestable" con "evidente y concreto riesgo de entrada de agua".

Además, la embarcación cruzó una ruta que en esos momentos fue utilizada por 74 buques mercantes, con el consiguiente peligro de colisión, teniendo en cuenta que carecía de luces de posición.

De otro lado, la Audiencia descartó por falta de pruebas que los acusados hubieran participado días antes en el traslado de otra patera, avistada por agentes de la Guardia Civil, en aguas próximas a Cabo de Gata, donde se llegó a producir un desembarco en Cala Príncipe antes de que los responsables de la nave lograran huir mar adentro.

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