Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 17/09/2025
 
 

TSJM

El TSJM ratifica que el Gobierno debe investigar la actuación de Sánchez sobre Air Europa por los negocios de su mujer

17/09/2025
Compartir: 

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado su decisión de ordenar a la Oficina de Conflicto de Intereses, dependiente del Ministerio para la Transformación Digital, que admita la denuncia que presentó el PP contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por el rescate de Air Europa y los negocios de su esposa, Begoña Gómez.

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

En un decreto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acordado declarar firme la sentencia que dictó el pasado junio en la que daba dicha orden a la oficina dependiente de Transformación Digital.

Los magistrados han adoptado esta decisión después de que transcurriera el plazo de 30 días para presentar recurso de casación ante el Supremo y no constase actuación alguna. Ahora, además de decretar la firmeza de la sentencia de junio, han dado diez días desde la recepción del decreto para "acusar recibo y comunicar el órgano responsable de su cumplimiento".

Así las cosas, han remitido "a la Administración demandada, junto con el expediente administrativo, copia autenticada firmada electrónicamente de dicha sentencia", para que "la lleve a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo".

Cabe recordar que en junio el TSJ madrileño se pronunció a raíz de un recurso contencioso-administrativo que presentaron los 'populares' contra las resoluciones de la Secretaría de Estado de Función Pública y de la Oficina de Conflictos de Interés por las que se archivó la denuncia que presentaron en marzo de 2024.

El tribunal concluyó que la Oficina de Conflicto de Intereses debía proceder "a la tramitación de la denuncia" del PP "con una actividad de investigación al respecto". "Y una vez realizado, se dictará la resolución procedente, que puede ser el archivo de las actuaciones si resulta así, pero en todo caso, ha de adoptar una decisión motivada y pronunciarse sobre las pruebas solicitadas", añadía.

Los magistrados apuntaron también que el PP estaba legitimado para presentar dicha denuncia y para impugnar el archivo, toda vez que no se llevó a cabo "una actividad investigadora mínima para adoptar una decisión".

NO SE INVESTIGÓ LO SUFICIENTE

Los de Alberto Núñez Feijóo presentaron una denuncia en la Oficina de Conflicto de Intereses al considerar que Sánchez tenía que haberse abstenido de participar en las reuniones del Consejo de Ministros en las que se adoptaron decisiones relativas al rescate de Air Europa, al entender que afectaba a los "intereses personales" de su esposa. El órgano respondió que no se daban los supuestos que permitiesen considerar que el presidente del Gobierno tenía que abstenerse.

En la sentencia de junio, los magistrados aseguraron que no se había producido "actividad de material de investigación por parte de la Oficina de Conflicto de Intereses" más allá de un informe sin mayores datos. "No se aporta documentación alguna que sustente el contenido del informe", añadían.

El tribunal recordó entonces que la Oficina de Conflicto de Intereses rechazó la denuncia del PP en base a un informe de la Secretaría General de la Presidencia en el que se aseguraba que Begoña Gómez no había tenido ni tiene relación laboral o profesional que implique el ejercicio de funciones de dirección, asesoramiento o administración en Air Europa o Globalia.

Asimismo, señaló que la denuncia del PP reclamaba determinadas diligencias de prueba que "pueden y deben ser valoradas para determinar su procedencia y adoptar en su caso la decisión que corresponda". "Pero nada consta en este caso a este respecto", apuntó.

En esta línea, recalcó que los hechos que se denunciaban requerían "una actividad mínima de investigación" y que el hecho de que la Oficina de Conflicto de Intereses negase "relación alguna" de Begoña Gómez con Air Europa o Globalia no era "suficiente".

Para el TSJ, que se pidiese investigar si determinadas actividades pueden afectar la necesaria imparcialidad de un alto cargo como el presidente del Gobierno, es un tema de "interés" no solo para el PP como partido político de la oposición sino también por "la necesaria transparencia que debe presidir la actuación del órgano de vigilancia".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  2. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  3. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  4. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  5. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  6. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  7. Legislación: Medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico
  8. Tribunal Supremo: El requisito de haber cumplido 45 años en la fecha del hecho causante para acceder a la prestación en favor de familiares no se ha de juzgar con perspectiva de género al afectar por igual a mujeres y hombres
  9. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  10. Actualidad: Jueces y fiscales apuestan por reformas legislativas y por perseguir el patrimonio de los narcotraficantes

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana