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Modificación de la Resolución de 25 de abril de 2025

11/09/2025
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Resolución de 1 de septiembre de 2025, de la Rectora de la Universidad de Zaragoza, por la que se modifica la Resolución de 25 de abril de 2025, de la Rectora de la Universidad de Zaragoza, por la que se determina la estructura, composición y régimen de funcionamiento del Equipo de Gobierno y la delegación de competencias (BOA de 10 de septiembre de 2025). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2025, DE LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 25 DE ABRIL DE 2025, DE LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, POR LA QUE SE DETERMINA LA ESTRUCTURA, COMPOSICIÓN Y RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPO DE GOBIERNO Y LA DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS

Tras la toma de posesión de la Rectora de la Universidad de Zaragoza se adoptó con fecha 25 de abril de 2025, una Resolución por la que se determinaba la estructura, composición y régimen de funcionamiento del Equipo de Gobierno y la delegación de competencias. Se ha advertido que la incorporación al Equipo de Gobierno de un Asesor de la Rectora para Ciencias de la Salud exige la atribución de algunas competencias para el mejor gobierno de la Universidad. Por otra parte, la experiencia de estos primeros meses de gobierno ha aconsejado la modificación de algunas de las competencias atribuidas a los miembros del equipo de gobierno. Estas son las razones que han llevado a la adopción de esta Resolución que modifica la inicial resolución de asignación de competencias y, al tiempo, corrige algunas erratas advertidas en aquella primera Resolución.

Primero.- El artículo 4 queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 4. Gerente.

1. Corresponden al Gerente, además de las funciones recogidas en los Estatutos, las siguientes:

Formar parte del Consejo Social.

Proponer el nombramiento de los vicegerentes.

Presidir la Mesa Sectorial del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS).

Coordinar el Sistema Integrado de Información Universitaria.

Coordinar y gestionar la Administración electrónica de la Universidad, en colaboración con la Secretaría General y el Vicerrector de Estrategia Digital e Inteligencia Artificial.

2. El Gerente ejercerá por delegación las funciones que a continuación se relacionan:

La dirección del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS).

Las que, en materia de contratación administrativa, el ordenamiento jurídico atribuye al órgano de contratación y, especialmente, la adjudicación, modificación, interpretación y resolución de los contratos administrativos.

La ordenación y autorización del gasto conforme al presupuesto de la Universidad.

La presidencia del Comité de Seguridad y Salud.

La presidencia de la Mesa de Negociación de la Universidad de Zaragoza.

3. Del Gerente dependerá la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales que trabajará en coordinación con el Vicerrector de Infraestructuras y Sostenibilidad y las competencias sobre el Servicio de Informática y Comunicaciones de la Universidad de Zaragoza (SICUZ) que trabajará en coordinación con el Vicerrector de Estrategia Digital e Inteligencia Artificial."

Segundo.- El artículo 11 queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 11. Vicerrectora de Economía.

1. La Vicerrectora de Economía será la responsable de la dirección y coordinación de las siguientes materias:

Planificación económica y de inversiones.

Elaboración y seguimiento de indicadores económicos universitarios.

Evaluación económica de programas, proyectos y servicios.

Elaboración y seguimiento del presupuesto y criterios de asignación presupuestaria.

Elaboración de la contabilidad analítica.

Financiación e inversiones.

Elaboración de la memoria económica en coordinación con el Gerente.

Gestión contable en coordinación con el Gerente.

Control económico de las infraestructuras.

Presidir las Mesas de Contratación y la Comisión de compras.

Formar parte de la Comisión Antifraude la de Universidad de Zaragoza.

Actividades de Fundraising.

Aquellas otras funciones de naturaleza análoga no encomendadas expresamente a otro miembro del Consejo de Dirección.

2. Ejercerá, por delegación de la Rectora, la presidencia de la Oficina Técnica de Control Presupuestario."

Tercero.- El artículo 12 queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 12. Vicerrector de Innovación, Transferencia y Formación Permanente.

1. El Vicerrector de Innovación, Transferencia y Formación Permanente será la responsable de la dirección y coordinación de las siguientes materias:

La innovación, la transferencia y el progreso tecnológico.

La información y asesoramiento en materia de desarrollo e innovación tecnológica y social.

La gestión de programas de apoyo a la innovación.

El impulso a proyectos de transferencia tecnológica y social

La protección y valorización de los resultados de investigación e innovación.

La gestión de foros de encuentro, cátedras institucionales y mecenazgo.

El fomento del emprendimiento y apoyo a la creación de empresas innovadoras.

La coordinación y promoción de las actividades de formación permanente.

El impulso a programas de formación permanente conectados con las necesidades de especialización profesional y de recualificación.

El diseño de estudios y análisis de evidencias, retos y recomendaciones en materia de innovación, impacto y valor de la investigación.

El desarrollo de informes de prospectiva, estudios de tendencias y análisis de escenarios en los ámbitos de su competencia.

Las relaciones externas con instituciones, organismos y empresas en materias de su competencia.

Las tareas de difusión de la investigación en coordinación con la Vicerrectora de Política Científica.

Programas de monitorización y análisis de la producción investigadora, de innovación y ciencia abierta, en colaboración con la Vicerrectora de Política Científica.

Programas de apoyo a la interdisciplinariedad en actuaciones de investigación y la innovación, en colaboración con la Vicerrectora de Política Científica.

La gestión de espacios destinados a actividades de investigación y transferencia, en colaboración con la Vicerrectora de Política Científica.

El fomento y firma de acuerdos y convenios en materias de su competencia.

Las relaciones con organismos en el ámbito de las políticas de digitalización y de Inteligencia Artificial, en coordinación con el Vicerrector de Estrategia Digital e Inteligencia Artificial.

La organización de la oferta de formación permanente en coordinación con el Vicerrector de Política Académica, y la internacionalización de la oferta de formación permanente en coordinación con el Vicerrector de Internacionalización y Cooperación.

Aquellas otras funciones de naturaleza análoga no encomendadas expresamente a otro miembro del Equipo de Gobierno.

2. Ejercerá por delegación de la Rectora la presidencia de la sección de transferencia de la Comisión de Investigación y Transferencia.

3. Del Vicerrector de Innovación, Transferencia y Formación Permanente dependerán:

La Unidad de Cultura Científica, en coordinación con la Vicerrectora de Política Científica.

La Oficina de Transferencia de la Investigación (OTRI).

4. El Vicerrector de Innovación, Transferencia y Formación Permanente presidirá la Comisión de Protección de Invenciones."

Cuarto.- El artículo 13 queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 13. Vicerrector de Infraestructuras y Sostenibilidad.

1. El Vicerrector de Infraestructuras y Sostenibilidad será el responsable de la dirección y coordinación de las siguientes materias:

La planificación, promoción, gestión y seguridad de las infraestructuras y edificios, su mantenimiento y equipamiento.

El control del tráfico rodado en los recintos universitarios.

El planeamiento urbanístico de la Universidad.

Desarrollo e implantación del campus Fidigital

El control y la coordinación de la gestión eficiente de la energía en la edificación.

La gestión del ciclo del agua y de residuos.

La gestión de las zonas verdes.

Gestión del plan de equipamiento docente para talleres y laboratorios.

Desarrollo de las acciones de sostenibilidad ambientales.

Colaborar con el Gerente en la coordinación de la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales.

Colaborar con la Vicerrectora de Política Científica y el Vicerrector de Innovación, Transferencia y Formación Permanente en la gestión de espacios de investigación.

Aquellas otras funciones de naturaleza análoga no encomendadas expresamente a otro miembro del Equipo de Gobierno.

2. Del Vicerrector de Infraestructuras y Sostenibilidad dependerán:

La Unidad Técnica de Construcciones y Energía.

El Servicio de Mantenimiento.

La Unidad de Seguridad."

Quinto.- El artículo 14 queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 14. Vicerrector de Estrategia Digital e Inteligencia Artificial.

1. El Vicerrector de Estrategia Digital e Inteligencia Artificial será el responsable de la dirección y coordinación de las siguientes materias:

Establecer objetivos y poner en marcha iniciativas estratégicas en tecnologías, inteligencia artificial y transformación digital.

Liderar el proceso de transformación digital y la incorporación de la inteligencia artificial en todos los ámbitos de la Universidad.

Coordinar el Plan de Transformación Digital e Inteligencia Artificial de la Universidad de Zaragoza.

La definición de las líneas estratégicas y la supervisión de los planes estratégicos relacionados con la gobernanza y gestión de las TIC, los sistemas de información, la inteligencia artificial y la administración electrónica, así como la seguridad de la información según la Política de Seguridad de la Información de la Universidad de Zaragoza.

Determinar las prioridades de inversión en software, inteligencia artificial e infraestructuras TIC, y, en coordinación con el Vicerrector de Infraestructuras y Sostenibilidad, la planificación de proyectos de inversión transversales para transformación digital.

Firma de acuerdos y convenios en materias de su competencia, incluyendo proyectos prioritarios de índole tecnológica y de inteligencia artificial.

Proponer y ejecutar estrategias para la digitalización de la docencia, impulsando, seleccionando, desarrollando y coordinando las tecnologías docentes, el campus virtual y sus aplicaciones en cualquiera de las modalidades formativas (presencial, híbrida y virtual).

Desarrollar y promover la educación digital abierta, fomentando la creación y el uso de recursos educativos abiertos (REA) y la implementación de metodologías innovadoras sustentadas en tecnologías y en inteligencia artificial.

Coordinar, en colaboración con el Vicerrector de Política Académica, las actuaciones de innovación educativa que impliquen la transformación digital, la adopción de nuevas metodologías basadas en tecnologías y el uso de inteligencia artificial aplicada al aprendizaje.

Apoyar a la formación del profesorado en competencias digitales, docencia virtual, Universidad de Zaragoza."

Sexto.- El artículo 15 queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 15. Vicerrectora de Comunicación e Identidad Institucional.

1. La Vicerrectora de Comunicación e Identidad Institucional será la responsable de la dirección y coordinación de las siguientes materias:

Los planes de comunicación corporativa y reputación institucional.

Las relaciones con medios de comunicación.

La organización de canales de comunicación interna entre los diferentes estamentos universitarios (Personal Docente e Investigador, Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, estudiantado, egresados), en colaboración con otras estructuras universitarias.

La organización de eventos institucionales en colaboración con otras entidades.

La gestión de los perfiles institucionales en redes sociales.

Alimentar la web con formatos novedosos, con enfoque en usabilidad y experiencia de usuario (UX/UI).

El fomento de la interacción y participación de la comunidad universitaria a través de canales digitales.

Desarrollo del programa Alumni de la Universidad de Zaragoza para mantener el vínculo con los egresados y fomentar su participación en actividades universitarias.

La gestión de la identidad visual de la universidad, asegurando su coherencia en cuanto a unificación de criterio en todos los soportes.

El marketing y las campañas de promoción sello Unizar.

La difusión de las actividades institucionales o de especial interés a través de las listas de distribución.

Aquellas otras funciones de naturaleza análoga no encomendadas expresamente a otro miembro del Equipo de Dirección.

2. De la Vicerrectora de Comunicación e Identidad Institucional dependerán:

Gabinete de comunicación.

El Centro de Información Universitaria (CIU).

Radio Unizar."

Séptimo.- El artículo 16 queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 16. Vicerrector de Cultura y Patrimonio.

1. El Vicerrector de Cultura y Patrimonio será el responsable de la dirección y coordinación de las siguientes materias:

La gestión del patrimonio cultural de la Universidad.

La programación y exposición de las exposiciones permanentes y temporales y actividades culturales.

El apoyo y la divulgación de la creación artística.

La colaboración con otras universidades, instituciones y entidades en el ámbito propio de su competencia.

La política editorial.

La programación y organización de actividades de carácter social y cultural.

La programación y organización de los cursos de español para extranjeros en coordinación con el Vicerrector de Internacionalización y Cooperación.

Aquellas otras funciones de naturaleza análoga no encomendadas expresamente a otro miembro del Equipo de Gobierno.

2. Del Vicerrector de Cultura y Proyección Social dependerán:

La Residencia de Jaca.

Las aulas de cine, música y otras manifestaciones culturales.

Prensas de la Universidad de Zaragoza.

Museo de Ciencias Naturales."

Octavo.- El artículo 17 queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 17. Vicerrectora de Comunidad Universitaria y Compromiso social.

1. La Vicerrectora de Comunidad Universitaria y Compromiso Social será la responsable de la dirección y coordinación de las siguientes materias:

Desarrollo del Campus de Salud y Bienestar Unizar para la prevención, promoción y atención a la salud y el bienestar de la comunidad universitaria.

La promoción de la actividad física y deportiva y organización de actividades deportivas.

Desarrollo de programas de atención a la salud mental para la comunidad universitaria.

La política de igualdad.

Desarrollo del Plan de inclusión.

Desarrollo de programas de atención a la diversidad para Personal Docente e Investigador (PDI) y Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) en colaboración con la Oficina Universitaria de Atención a la Diversidad (OUAD),Promover la Responsabilidad Social Universitaria (RSU), alineando las acciones de la universidad con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Desarrollo de las acciones de sostenibilidad sociales.

Formar parte de la comisión de Gobierno del Centro Universitario de Lenguas Modernas (CULM).

Promover el voluntariado y la cooperación universitaria.

Aquellas otras funciones de naturaleza análoga no encomendadas expresamente a otro miembro del Equipo de Gobierno.

2. De la Vicerrectora de Comunidad Universitaria y Compromiso Social dependerán:

El proyecto de Universidad Saludable.

El Servicio de Actividades Deportivas.

La Unidad de Igualdad.

Universidad de la Experiencia.

Gabinete de atención psicosocial."

Noveno.- Se incluye un nuevo artículo con las competencias del Asesor de la Rectora para Ciencias de la Salud.

"Artículo 22. Asesor de la Rectora para ciencias de la salud.

El Asesor a la Rectora para Ciencias de la Salud será el responsable de la dirección y coordinación de las siguientes materias:

Recopilar y analizar información, así como la elaboración de documentación relativa a las actuaciones y asistencia en la toma de decisiones de la Rectora y del Equipo de Gobierno para Ciencias de la Salud.

Participación en las comisiones y actividades en relación con los conciertos y convenios entre la Universidad de Zaragoza y las Instituciones sanitarias.

Participación en las comisiones mixtas de las cátedras institucionales y en los proyectos para la promoción y atención a la salud.

Colaborar con el Vicerrector de Profesorado en la planificación de la plantilla de profesorado vinculado a instituciones sanitarias y de los convenios docentes para tal fin.

Cuantas funciones de asistencia, asesoramiento, informe o estudio le sean encomendadas por la Rectora.

La realización de aquellas otras tareas afines al puesto que le sean encomendadas por la Rectora y resulten necesarias por razón del servicio."

Décimo.- El artículo 22 pasa a ser el 23 y el artículo 23 pasa a ser el 24.

Undécimo.- El artículo 24 pasa a ser el 25 con la siguiente redacción:

"Artículo 25. Suplencia de los miembros del Equipo de Gobierno.

En el caso de ausencia o enfermedad de algún miembro del Equipo de Gobierno, se sustituirán de acuerdo con las siguientes reglas:

El Secretario General por la Vicesecretaria general.

El Gerente por la Vicegerencia según el orden de su nombramiento.

La Adjunta a la Rectora para la Coordinación y Relaciones Institucionales por el Vicerrector de Planificación y Desarrollo Estratégico.

Sin perjuicio de la tarea de coordinación que lleven a cabo los directores de secretariado en sus respectivas áreas de actuación, los Vicerrectores se sustituirán entre ellos del siguiente modo: El Vicerrectorado de Planificación y Desarrollo Estratégico por la Adjunta a la Rectora para la coordinación y relaciones institucionales.

El Vicerrector de Profesorado por el Vicerrector de Política Académica.

El Vicerrector de Política Académica por el Vicerrector de Profesorado.

El Vicerrector de Infraestructuras y Sostenibilidad por el Gerente.

La Vicerrectora de Política Científica por el Vicerrector de Innovación, Transferencia, y Formación Permanente.

El Vicerrector de Estudiantes y Empleo por el Vicerrector de Política Académica.

La Vicerrectora de Economía por el Gerente.

El Vicerrector de Innovación, Transferencia y Formación Permanente por la Vicerrectora de Política Científica.

El Vicerrector de Internacionalización y Cooperación por el Vicerrector de Política Académica.

El Vicerrector de Cultura y Patrimonio por la Vicerrectora de Comunidad Universitaria y Compromiso Social.

El Vicerrector de Estrategia Digital e Inteligencia Artificial por el Vicerrector de Política Académica.

La Vicerrectora para el Campus de Huesca por el Vicerrector de Planificación y Desarrollo Estratégico.

El Vicerrector para el Campus de Teruel por el Vicerrector de Planificación y Desarrollo Estratégico.

La Vicerrectora de Comunidad Universitaria y Compromiso Social por la Vicerrectora de Comunicación e Identidad Institucional.

La Vicerrectora de Comunicación e Identidad Institucional por el Vicerrector de Cultura y Patrimonio."

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