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Subvenciones de programas de formación A Mida para las empresas

04/09/2025
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Orden EMT/146/2025, de 29 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir la convocatoria de subvenciones de programas de formación A Mida para las empresas, que promueve el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña (DOGC de 3 de septiembre de 2025). Texto completo.

ORDEN EMT/146/2025, DE 29 DE AGOSTO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE DEBEN REGIR LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE PROGRAMAS DE FORMACIÓN A MIDA PARA LAS EMPRESAS, QUE PROMUEVE EL CONSORCIO PARA LA FORMACIÓN CONTINUA DE CATALUÑA

El Consorcio para la Formación Continua de Cataluña ha ejecutado durante los ejercicios 2022-2024 el programa de subvenciones Conforcat A Mida, dirigido a empresas, agrupaciones de empresas y entidades representativas de las personas trabajadoras. Se trata de un programa financiado con fondos Next Generation de la Unión Europea a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) y del Ministerio de Educación y Formación Profesional, donde las mismas empresas y entidades representativas de los diferentes sectores pudieron diseñar formación a medida de sus necesidades y mejorar su competitividad con un éxito de solicitud y ejecución.

Si bien la financiación del programa de subvenciones para los ejercicios 2022-2024 fue a cargo de fondos finalistas del MRR, la disponibilidad de estos fondos no se mantiene para el ejercicio 2025, ni posterior, vista la necesidad manifestada por el tejido empresarial de una iniciativa como el programa de formación A Mida, el Consorcio asumirá la financiación con fondos propios, provenientes del Departamento de Empresa y Trabajo.

Esta actuación está incluida en el Plan estratégico de subvenciones 2022-2025 del Departamento de Empresa y Trabajo con código PES25-28_EMT0021. A mayor abundamiento, el Plan de Gobierno de la XV legislatura establece el objetivo específico 1.5 de “reforzar la formación profesional con oferta accesible, dual e integrada con el tejido productivo”, que engloba, entre otros, el eje de “impulsar la formación a lo largo de la vida () para aumentar la participación de las personas trabajadoras en la formación continua” y el de “promover medidas para facilitar la conciliación entre trabajo y formación”. Así, la iniciativa A Mida está alineada, dado que permite ejecutar planes formativos personalizados que respondan a las necesidades específicas del sector específico y de sus trabajadores y trabajadoras.

El Gobierno tiene el objetivo de avanzar hacia una economía más resiliente y competitiva, y por eso es esencial, entre otros, mejorar la eficiencia del tejido productivo. La formación continua en el seno de las empresas contribuye a la mejora de las competencias profesionales de las personas trabajadoras y, por consiguiente, incrementa la competitividad del tejido empresarial catalán.

A mayor abundamiento, el Plan Estratégico 2023-2027 del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña, ha recogido el impulso de convocatorias que aporten soluciones más flexibles que la formación ofertada, como el Conforcat A Mida, haciéndolas complementarias a la formación programada por las empresas, como línea de acción, incluida en el objetivo estratégico “dar respuesta a las necesidades de las personas trabajadoras, los sectores productivos y las empresas” con el fin de disponer de una oferta formativa que dé respuesta a las tendencias y a los nuevos retos del mercado laboral.

El Plan Estratégico 2023-2027 del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña está vinculado a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, al Pilar Europeo de los Derechos Sociales y al Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

La necesidad de disponer de bases reguladoras para impulsar este programa de formación hace necesaria la publicación de esta nueva Orden.

Vista la Ley 19/2014, de 29 de diciembre Vínculo a legislación, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno;

Visto el Decreto 8/2021, de 9 de febrero Vínculo a legislación, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública;

Vista la Ley 17/2015, de 21 de julio Vínculo a legislación, de igualdad efectiva de mujeres y hombres;

Vista la Ley 19/2020, de 30 de diciembre Vínculo a legislación, de igualdad de trato y no discriminación;

Vista la Ley 11/2014, de 10 de octubre Vínculo a legislación, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia;

Vista la Ley 26/2015, de 28 de julio Vínculo a legislación, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia;

Vista la Ley 10/2015, de 19 de junio Vínculo a legislación, de formación y calificación profesionales, que articula un sistema de formación y calificación profesionales adaptado a las necesidades de las personas y de las empresas;

Vista la Ley 30/2015, de 9 de septiembre Vínculo a legislación, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral;

Vista la Ley 3/2022 Vínculo a legislación, de ordenación e integración de la Formación Profesional, y el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio Vínculo a legislación, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional;

Vista la Resolución de 4 de junio Vínculo a legislación, por la que se actualizan, para el año 2025, los módulos económicos aplicables a las acciones de formación profesional para el empleo dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas, que promueve el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña;

Vista la Resolución de 27 de octubre Vínculo a legislación de 2015, por la que se hace público el Texto refundido de los Estatutos del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña, que establecen que el Consorcio tiene como principal objetivo el desarrollo de la formación profesional continua como instrumento esencial para garantizar la formación a lo largo de la vida, la adaptación de las personas trabajadoras y de las empresas a la nueva sociedad basada en el conocimiento y el mantenimiento de la capacitación profesional de las personas trabajadoras en supuestos de cambios y mutaciones de los procesos productivos, en el marco de la Estrategia Europea de Empleo;

Visto lo que prevén el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre Vínculo a legislación, así como los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo Vínculo a legislación, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación ;

Visto el Decreto 56/2024, de 12 de marzo Vínculo a legislación, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo, modificado por el Decreto 392/2024, de 15 de octubre Vínculo a legislación, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo;

Visto el Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de julio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalitat y su sector público, y se aprueba el texto íntegro;

Vista la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio Vínculo a legislación, sobre las formas de justificación de subvenciones;

Visto el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis;

Visto el Acuerdo del Consejo General del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña de 7 de marzo de 2025 y el informe previo del Área Jurídica de Trabajo, y en uso de las facultades que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 Vínculo a legislación de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya;

Por todo lo anterior,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la financiación de los planes de formación de las empresas catalanas, que promueve el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña, y que se detallan en el anexo 1 de esta Orden.

Disposición adicional primera

Esta Orden se entenderá modificada automáticamente por la normativa comunitaria, estatal o catalana que con posterioridad a su entrada en vigor se pueda promulgar.

Las referencias a la normativa de concreta aplicación se entenderán hechas por remisión a la normativa que las pueda sustituir en el futuro.

Disposición adicional segunda

Se autoriza a la persona titular de la Dirección del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña a dictar las resoluciones de convocatoria correspondientes y las disposiciones que considere oportunas para el despliegue de esta Orden.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden EMT/166/2022, de 5 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de los programas de formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculadas a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en sectores estratégicos, en el marco del Componente 20 “Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional””, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR) -Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU, que promueve el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña, si bien las subvenciones otorgadas de acuerdo con la disposición que deroga esta Orden se seguirán rigiendo por las bases reguladoras al amparo de las que se otorgaron.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

ANEXOS OMITIDOS

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