Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 25/06/2025
 
 

Pueden defenderse, pero no para cualquier delito; por Gloria Elizo, jurista

25/06/2025
Compartir: 

El día 25 de junio de 2025 se ha publicado, en el diario El País, un artículo de Gloria Elizo, en el cual la autora opina sobre los aforamientos.

PUEDEN DEFENDERSE, PERO NO PARA CUALQUIER DELITO

Uno de los peores incentivos para responder adecuadamente a las fracturas del sistema democrático es sin duda la ruptura de la confianza en la representación pública, la terrible desafección vivida de forma generalizada por la ciudadanía, que tiene una causa directa en la corrupción; una lacra que se ha convertido en un arma de desmovilización política y de descrédito para las instituciones democráticas.

Si bien los privilegios procesales no apuntarían a una quiebra de los principios de justicia e igualdad, sí hay ciertos elementos que nos obligan a construir un nuevo cuadro para el fortalecimiento ético de nuestras instituciones: la estructura es mejorable, la instrucción del proceso penal va a ser otra en breve -terminará siendo impulsada por los fiscales y no por los jueces- y necesitamos reordenar nuestro sistema normativo para que el juego democrático se vea fortalecido y crezca la credibilidad en sus mecanismos.

Reordenar la figura del aforamiento pasa por eliminar su mayor parte -ni diputados, ni senadores, ni parlamentarios autonómicos, ni miembros del poder judicial tienen por qué estar aforados-; por mantener el fuero específico para la Presidencia del Gobierno y sus ministros así como los presidentes de las Cámaras legislativas y los miembros de sus Mesas, y por limitar su alcance a los delitos relacionados directamente con el ejercicio del cargo público y solo para el proceso penal. En definitiva, acotar nuestra pulsión histórica por el privilegio procesal al derecho de los países de nuestro entorno.

Debemos hacer además una reflexión sobre la suerte material que han corrido algunos procedimientos que, por el aforamiento, han recaído precisamente en tribunales cuyos miembros han sido seleccionados a través de discutibles acuerdos políticos, como los altos tribunales del Estado. Tal vez, antes de tener una discusión sistémica sobre los aforamientos, debiéramos aclarar algunas cuestiones previas sobre la organización del poder judicial y, de paso, analizar esa “división de plata” donde los nombramientos de esos jueces recorren los conciliábulos de la magistratura.

Y claro que podría defenderse -pero no aceptarse sin más- no dejar al albur de un juez predeterminado a aquellas personas esenciales para los cargos más importantes o quienes encarnan proyectos políticos que coyunturalmente representen a partes fundamentales de la ciudadanía. Y no les faltará razón a los que observen que en la sociedad del espectáculo basta un juez activista y un medio de comunicación bien engrasado para envolver en sospecha la carrera política de cualquier candidato. Pero en ningún caso eso puede suponer que aquellas personas que merezcan un fuero deban ser juzgados por un tribunal elegido por el partido al que pertenece. Y mucho menos que dicho fuero se extienda a cualquier tipo de delito, incluso una vez comprobado por el órgano privilegiado que la acusación carece de motivación, causa u objetivo político. Para evitar el aforamiento político existen muchas fórmulas -jugar con los plazos, reforzar los requisitos, permitir la recusación por motivos tasados...- que se pueden discutir e implementar sin grandes dificultades.

En resumen, como en tantas otras facetas, nos falta lo más importante: verdadera voluntad política. Y si es verdad que tenemos un problema con la politización de la justicia, no es el aforamiento ante los jueces nombrados políticamente lo que lo va a resolver. Y si es indiscutible que tenemos un grave problema con la corrupción de nuestros gobernantes, el aforamiento en vez de especializarse en combatirla, ha tendido precisamente a taparla, condonarla y -sobre todo- dejar fuera del reproche penal a sus principales responsables, perpetuando un sistema donde solo se sacrifican los peones.

Necesitamos discutir sobre los aforamientos, sobre la independencia del poder judicial, pero también sobre la independencia de los poderes ejecutivos, sobre la participación legislativa, sobre la transparencia, sobre el acceso a la Administración en general y a la Administración de justicia en particular.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  2. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  3. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  4. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  5. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  6. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  7. Legislación: Medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico
  8. Tribunal Supremo: El requisito de haber cumplido 45 años en la fecha del hecho causante para acceder a la prestación en favor de familiares no se ha de juzgar con perspectiva de género al afectar por igual a mujeres y hombres
  9. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  10. Actualidad: Jueces y fiscales apuestan por reformas legislativas y por perseguir el patrimonio de los narcotraficantes

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana