OVIEDO 19 Jun. (EUROPA PRESS) -
El TSJA atiende así al recurso de apelación interpuesto por el condenado, que invocaba la falta de declaración de hechos probados en la fundamentación de la sentencia dictada.
Así, se declara la nulidad de la sentencia dictada en abril, de forma que las actuaciones se retrotraen a la Sala de procedencia dictándose nueva resolución que contengan declaración de hechos probados.