VALENCIA, 21 (EUROPA PRESS)
En cuatro de ellas, los escritos de denuncia o querella están registrados y pendientes de decisión de la Sala sobre la competencia y admisión o inadmisión. En una quinta, una querella presentada por un particular, se ha emplazado al querellante para completarla presentando un poder especial para su interposición, según los datos facilitados por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Así constan en la sala: una querella interpuesta por la organización Iustitia Europa; una denuncia interpuesta por el sindicato CGT ante la Fiscalía Provincial por delito contra los derechos de los trabajadores, remitida a la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV al tener constancia del registro de la querella anterior; dos denuncias de particulares, abogados --una de ellas también dirigida contra la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas--; y la quinta querella a falta de completar.
Además, por vía contencioso-administrativa, el alto tribunal valenciana tiene registrado otro recurso presentado por un abogado por inacción contra la Presidencia de la Generalitat Valenciana y la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las emergencias (AVSRE).
En este caso, el recurso está admitido a trámite y en tramitación y, conforme al artículo 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, se ha remitido oficio a la Administración demandada para que remita los expedientes administrativos.
En otro recurso por esta misma vía, con solicitud de medidas cautelarísimas contra la Delegación del Gobierno de la Comunidad Valenciana, interpuesto por Liberum, la Sección Cuarta de esta sala del TSJCV se declaró no competente para resolverlo por ir dirigido contra el Gobierno central, por lo que se inhibió en favor de la Sala Tercera del Tribunal Supremo.
En cuanto a la vía penal en los Juzgados de Instrucción, al TSJCV le consta, en primer lugar, una denuncia interpuesta por Manos Limpias contra responsables de la CHJ, Aemet y la Agencia Valenciana de Emergencias, que recayó inicialmente en el Juzgado de Instrucción número 15, que se inhibió a favor de otra instancia, el 20, por ser este órgano el primero que abrió diligencias previas por el fallecimiento de una persona en la capital durante las inundaciones.
Este último juzgado ha rechazado la inhibición por considerarla "prematura" y no apreciarse en este momento procesal "nexo causal" entre los hechos que relata la denuncia y el fallecimiento de un vecino del barrio de La Torre durante la noche de la inundación.
Y también consta una querella interpuesta por la organización Hazte Oír contra la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé, recaída en el Juzgado de Instrucción número 10 de Valencia, que la ha inadmitido por un defecto formal, al no presentar un poder especial sino general. En este caso, según el TSJCV, está inadmitida por defecto procesal subsanable relativo al apoderamiento para la querella.