Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 08/11/2024
 
 

TS

El TS da la razón a Pérez de los Cobos y anula un nuevo nombramiento en la Guardia Civil, el cuarto desde junio

08/11/2024
Compartir: 

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado nuevamente un nombramiento dentro de la Guardia Civil, dejando sin efecto --a instancias de un recurso del coronel Diego Pérez de los Cobos-- el ascenso a general de brigada del Instituto Armado del coronel David Blanes. Se trata del cuarto caso después de que, el pasado mes de junio, dejase sin efecto otras tres designaciones.

MADRID, 7 (EUROPA PRESS)

En una sentencia, recogida por Europa Press, el alto tribunal recuerda que este recurso "forma parte de un grupo de recursos contenciosos administrativos interpuestos" por la representación de Pérez de los Cobos "contra varios reales decretos que acordaron promover al empleo de general de brigada de la Guardia Civil a otros coroneles".

En este fallo, ponencia de la magistrada Pilar Teso, el Supremo se remite a lo que declararon en los anteriores nombramientos, que también fueron anulados. Y es que, apunta la sentencia, el alegato que esgrime Pérez de los Cobos "en los expresados recursos, a tenor del contenido del escrito de demanda, coincide en lo sustancial con el empleado en los otros".

Fue el pasado mes de junio cuando el Supremo estimó parcialmente los recursos que presentó Pérez de los Cobos contra los reales decretos de nombramiento de tres generales del Instituto Armado y los anuló por segunda vez, después de que el Gobierno volviera a aprobarlos tras ser invalidados ya el año pasado.

El fallo del pasado junio, y al que se remite ahora el Supremo, pone de relieve la "ilegalidad en la actuación administrativa impugnada porque carece de la justificación imprescindible". El Supremo, sin embargo, descarta que hubiera desviación de poder por parte del Ministerio del Interior, porque no se ejercieron "potestades para fines distintos de aquellos para los que fueron concedidas a la Administración". "Simplemente se han ejercido de manera ilegal por las razones antes expuestas", añade.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  2. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  3. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  4. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  5. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  6. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  7. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  8. Tribunal Supremo: El requisito de haber cumplido 45 años en la fecha del hecho causante para acceder a la prestación en favor de familiares no se ha de juzgar con perspectiva de género al afectar por igual a mujeres y hombres
  9. Tribunal Supremo: El éxito de la acción de desahucio por precario entre coherederos no queda impedido por la circunstancia de que el demandado, poseedor en exclusiva, sea titular de la cuota mayoritaria en la comunidad hereditaria
  10. Actualidad: El TS inadmite el recurso de la exabadesa por no inscribir los monasterios de Derio y Belorado como asociaciones civiles

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana