Diario del Derecho. Edición de 15/10/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 08/11/2024
 
 

TEDH

El TEDH inadmite las demandas de dos saharauis contra España por negarles la nacionalidad

08/11/2024
Compartir: 

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha inadmitido a trámite las demandas presentadas contra España por dos personas nacidas en el Sáhara Occidental a las que se negó la nacionalidad española, descartando que esa decisión fuese "discriminatoria".

MADRID, 7 Nov. (EUROPA PRESS) -

En su decisión, recogida por Europa Press, el TEDH reconoce, no obstante, que "ha habido inconsistencias en cuanto al reconocimiento de la nacionalidad española a personas de origen saharaui, tanto en la práctica de las autoridades administrativas como en la de las judiciales" españolas.

La corte europea sostiene además que "existen ejemplos de jurisprudencia interna en los que se ha considerado al Sáhara Occidental como territorio español a los efectos de la aplicación de las disposiciones de derecho civil que regulan la nacionalidad".

En esta línea, el tribunal "acepta que esas divergencias, junto con las especificidades de los vínculos entre el pueblo saharaui y España, deben haber dado lugar a una situación de incertidumbre para los demandantes en cuanto a su condición" de ciudadanos españoles.

"Sin embargo, y con independencia de otras consideraciones históricas, políticas y jurídicas, el tribunal no logra comprender cómo una negación de la nacionalidad basada en el lugar de nacimiento o en los orígenes familiares puede, 'per se' y sin ningún elemento adicional, considerarse discriminatoria, ya que son precisamente esos elementos en los que se basa el acceso a la nacionalidad", concluye el TEDH.

Así, y "sin prejuzgar otros aspectos", la corte "concluye que en los presentes casos los solicitantes no han logrado demostrar un trato diferenciado injustificado de personas en situaciones relevantes similares". Por ello, consideran que la demanda es "manifiestamente infundada" y debe ser rechazada.

El TEDH recuerda que los solicitantes alegaron que, si sus familias hubieran procedido de la España peninsular (o de las islas), habrían tenido acceso a la nacionalidad española, independientemente de haber nacido en el Sáhara Occidental.

Tribunal Supremo concluyó que, dado que el Sáhara Occidental no debía considerarse España, los padres de los demandantes no podían haber adquirido la nacionalidad española por ius soli (véanse los párrafos 11 y 12) y, en consecuencia, no podían transmitir su nacionalidad española a sus hijos por ius sanguinis.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: En España gobierna el parlamentarismo negativo; por Javier Tajadura Tejada, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco
  2. Actualidad: Ábalos renuncia a su abogado por "diferencias irreconducibles" dos días antes de declarar ante el Supremo
  3. Tribunal Supremo: El TS examina si un resbalón y una caída, ocurrido al salir del domicilio para dirigirse al puesto de trabajo, constituye o no un accidente de trabajo in itinere
  4. Actualidad: El CGPJ abre expediente disciplinario al juez Eloy Velasco por sus críticas a Irene Montero
  5. Actualidad: La nueva ley madrileña del concebido no nacido para considerarle un miembro más de la familia estará lista en marzo
  6. Actualidad: La Comisión de Venecia ve riesgo de un nuevo bloqueo con el modelo del CGPJ y aconseja que si los jueces eligen no haya avales
  7. Tribunal Supremo: Las diligencias preliminares ante la jurisdicción civil para indagar la existencia de un contrato de seguro de responsabilidad civil de la Administración no interrumpen la prescripción de la acción de responsabilidad patrimonial de la Administración
  8. Actualidad: El Supremo contesta a la Fiscalía Europea que de momento no le consta que las obras del 'caso Koldo' afecten a fondos UE
  9. Actualidad: Bolaños pide una "respuesta eficaz" de los sistemas judiciales en la UE al "acoso" de ultras a los políticos
  10. Agenda: XV Congreso internacional sobre insolvencias y reestructuraciones: Tres años de aplicación práctica de la Ley 16/2022

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana