Diario del Derecho. Edición de 05/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 02/07/2024
 
 

TS

El Supremo levanta la orden nacional de detención contra Marta Rovira

02/07/2024
Compartir: 

El juez instructor del 'procés' en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha acordado dejar sin efecto la orden nacional de detención que mantenía contra la secretaria general de ERC, Marta Rovira, procesada por desobediencia.

MADRID, 1 (EUROPA PRESS)

En su auto, recogido por Europa Press, el juez adopta esta decisión al considerar que "se ubican en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, las acciones y omisiones susceptibles de ser subsumidas en el delito de desobediencia por el que está procesada".

Llarena entiende amnistiable la desobediencia que se le imputa a la dirigente de ERC, así como al expresidente catalán Carles Puigdemont y los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig. Los cuatro no fueron juzgados porque huyeron de la Justicia tras el 1-O.

No obstante, Llarena da diez días a las partes "para que puedan aportar sus consideraciones sobre la pertinencia de plantear una cuestión de inconstitucionalidad" ante el Tribunal Constitucional (TC) "respecto a la previsión de la Ley Orgánica 1/2024 de amnistiar la responsabilidad derivada del delito de desobediencia objeto de investigación".

Rovira permanece huida en Suiza y el juez mantenía hasta hoy la orden de detención nacional en su contra para poder recibir su declaración indagatoria y concluir sumario. Además, la dirigente de ERC está investigada en la Audiencia Nacional por su presunta implicación en 'Tsunami Democràtic', la plataforma independentista a la que se achacan los disturbios posteriores a la sentencia que condenó a los líderes del 'procés'.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Reitera el Supremo que el control judicial de los acuerdos de denegación de indulto se encuentra limitado a si se han solicitado los informes que la Ley establece como preceptivos
  2. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  3. Estudios y Comentarios: La centralidad de la Constitución; por Gonzalo Rubio Hernández-Sampelayo, Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense
  4. Actualidad: El Gobierno concede la nacionalidad española a 171 descendientes de miembros de las Brigadas Internacionales
  5. Actualidad: Seis meses de inhabilitación a un guardia civil por guardarse una denuncia contra agentes por robos en Córdoba
  6. Tribunal Supremo: La empresa está obligada a acreditar que el trabajador cumple los requisitos exigidos en el Convenio colectivo de Iberia LAE, SA, y sus tripulantes de cabina de pasajeros, para su progresión profesional
  7. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  8. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  9. Actualidad: El ICAM remarca que "sin secreto profesional no hay justicia"
  10. Legislación: Sentencia de Sala Tercera del Tribunal Supremo de 20 de octubre de 2025

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana