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El Gobierno intenta derivar responsabilidades; por José María Macías, vocal del CGPJ

27/05/2022
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El día 27 de mayo de 2022, se ha publicado en el diario ABC un artículo de José María Macías en el cual el autor considera que el Tribunal Supremo carece del conocimiento y especialización del CNI y no puede ni debe asumir sus funciones, que es el riesgo que se corre si las decisiones sobre las peticiones del CNI, bajo la capa del control de derechos fundamentales, se acaban residenciando en la deliberación de una Sala de un Tribunal.

EL GOBIERNO INTENTA DERIVAR RESPONSABILIDADES

A falta de conocer en qué se concreta la supuesta propuesta para modificar el régimen de control judicial previo de las actuaciones del CNI que puedan limitar determinados derechos fundamentales, pero que parece apuntar a una Sala colegiada del Tribunal Supremo, cabe avanzar una valoración negativa de una iniciativa en esa línea.

Esa valoración negativa se fundamenta en dos consideraciones: la primera, en que la función de investigación del CNI, de carácter esencialmente preventivo y dirigida a preservar “independencia o integridad territorial de España, los intereses nacionales y la estabilidad del Estado de derecho y sus instituciones”, no es equiparable a la propia de la policía que investiga delitos y que lo hace para la posterior investigación judicial.

La función del Tribunal Supremo se limita a un control de legalidad ‘prima facie’ y circunscrita a comprobar que los derechos fundamentales no se ven limitados más allá de lo estrictamente necesario. Eso es algo que no sólo está al alcance de la valoración de un único juez, sino que por razones operativas está en mejores condiciones para llevar a cabo un único juez que una Sala de deliberación.

Y la segunda consideración es que quien en mejor posición se encuentra para llevar a cabo la evaluación del conjunto de circunstancias que justifican las investigaciones del CNI es, sin lugar a dudas, el propio CNI. El Tribunal Supremo carece del conocimiento y especialización del CNI y no puede ni debe asumir sus funciones, que es el riesgo que se corre si las decisiones sobre las peticiones del CNI, bajo la capa del control de derechos fundamentales, se acaban residenciando en la deliberación de una Sala de un Tribunal.

Resulta francamente llamativo que este Gobierno, cuyo maltrato al Poder Judicial y su independencia acumula ya demasiados ejemplos, acuda a él cada vez que necesita derivar responsabilidades.

Comentarios - 1 Escribir comentario

#1

Las cascaras de la cebolla
El poder del Jefe del Estado, no elegido democráticamente es el superior.
El poder ejecutivo está por debajo ¡según se mire!
El poder legislativo esta por encima pero actúa como si estuviera debajo
El poder judicial, ... mejor será no hablar de él
¿Y el poder del CNI? por un lado está por debajo el poder ejecutivo, por otra del poder judicial y por otra del poder legislativo, pero si hace lo que le da la gana como no se lo dice a nadie ¿qué clase de cachondeo es éste?: "el cachondeo español", podríamos responder.
Sin duda no seremos originales; pero que no seamos los únicos, porque haya más instituciones en más países con un grado similar de corrupción, sea mayor, menor o igual, ¿hay algún país del que se pueda garantizar que no tiene instituciones corruptas?, no es consuelo más que de los tontos.
Pero estar desconsolado tampoco es garantía de ser listo.

Escrito el 27/05/2022 19:03:21 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

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