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TSJN

El TSJN anula el plan urbanístico de ampliación de la 4.ª fase de la Ciudad del Transporte

13/01/2022
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha anulado el acuerdo del Gobierno foral por el que se modificaba el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal (PSIS) de la ampliación de la Ciudad del Transporte en Noáin (Valle de Elorz).

PAMPLONA, 11 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal aprecia un defecto procedimental referente a la exposición pública, un trámite consistente en que los posibles afectados pueden formular, con carácter previo a su elaboración, las consideraciones que estimen por conveniente, ha informado el TSJN en una nota.

La controversia, ha indicado, tiene su origen en si la inclusión de la línea ferroviaria, no contemplada en el primer proyecto, pero sí en el segundo, debe ser considerada una modificación sustancial en los términos establecidos por la jurisprudencia y, por tanto, susceptible de ser objeto de exposición pública.

En la sentencia, que solo puede recurrirse en casación ante el propio órgano judicial, la Sala sostiene que "las modificaciones introducidas deben ser consideradas sustanciales por la incidencia que producen en el modelo de planeamiento elegido entre una y otra aprobación".

En concreto, los magistrados señalan en primer lugar que "se introduce el trazado de la línea ferroviaria, que conlleva la modificación de determinaciones estructurales, cuando la modificación del PSIS previsto inicialmente eliminaba precisamente la línea ferroviaria".

Y, en segundo término, añaden los jueces, porque "se sustituye el uso industrial logístico, con desglose de los usos compatibles y tolerados que no constaban anteriormente, con la posibilidad de implantar el centro de tratamiento de residuos de la Comarca de Pamplona", al que se refiere el contrato de reserva de parcela futura en la 4.ª fase del Área Industrial Ciudad del Transporte de Pamplona suscrito el 22 de octubre de 2018 entre Nasuvinsa y Servicios de la Comarca de Pamplona.

En definitiva, según constata la Sala, "se ha producido una modificación sustancial en la planificación de la 4.ª fase de la Ciudad del Transporte de Pamplona, tanto respecto a la red ferroviaria, que se introduce como consecuencia del informe vinculante de Ferrocarriles, cuando en el proyecto inicial no existía", como en los usos, "toda vez que con el segundo documento se introduce un uso completamente distinto a la actividad logística, lo que debió dar lugar a un nuevo trámite de información pública".

Por tanto, el Tribunal estima el recurso interpuesto contra el acuerdo del Gobierno de Navarra, de 27 de diciembre de 2019, por el que se aprobó el expediente de modificación del citado PSIS relativo a las servidumbres aeronáuticas y la reordenación de la 4.ª fase.

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