JAÉN, 11 Ene. (EUROPA PRESS) -
La sentencia facilitada por el Tribunal Supremo considera probado que la memoria explicativa aportada por el Ayuntamiento "evidencia la inviabilidad económica del mantenimiento del servicio de radiotelevisión municipal, en cuanto carece de ingresos económicos externos suficientes para su mantenimiento y debe ser sufragado con cargo al propio presupuesto del municipio, lo que impide destinar esos recursos a otros servicios de superior relevancia y mayor utilidad pública".
Esto último, explica la Sala, es lo que precisamente acredita la concurrencia de una causa organizativa, que justifica el despido colectivo como mecanismo para aliviar la carga presupuestaria que soporta el Ayuntamiento y administrar "de manera más eficaz" el gasto público, "liberando una parte de sus limitados recursos económicos en favor de otros servicios de mayor interés social".
Añade que los recurrentes no discuten la carga económica que para el presupuesto del Ayuntamiento supone el mantenimiento del servicio de radiotelevisión, ni tampoco niegan la escasa relevancia de los recursos externos generados por dicho servicio, con lo que "no desmienten la concurrencia de causas organizativas con las que se persigue la mejor ordenación y más eficaz utilización de los recursos públicos".
Como consecuencia, la Sala desestima el recurso de casación interpuesto conjuntamente por el sindicato Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F); Confederación Sindical de Comisiones de Obreras de Andalucía (CCOO) y el Comité de Empresa del Ayuntamiento de Jaén y confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declaró ajustado a derecho el despido colectivo.
Fue en enero de 2021 cuando el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictó sentencia considerando "ajustada a derecho" la extinción de la radiotelevisión municipal, Onda Jaén, al tiempo que avaló el despido colectivo del medio centenar de empleados que conformaban la plantilla y que dejaron de trabajar en agosto de 2019 cuando un incendio intencionado afectó a parte de las instalaciones situadas en Vaciacostales.
Casi dos años y medio después del incendio en las instalaciones de Onda Jaén, la investigación abierta en su día sigue en punto muerto sobre la persona o personas responsables de un fuego que se dictaminó que había sido intencionado.
Ahora, el Tribunal Supremo con su sentencia convierte en firme la sentencia del TSJA y cierra la puerta a nuevos recursos.