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Catalogo actualizado de puestos de cargos públicos

02/08/2021
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Decreto 182/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el catalogo actualizado de puestos de cargos públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV de 30 de julio de 2021). Texto completo.

DECRETO 182/2021, DE 20 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL CATALOGO ACTUALIZADO DE PUESTOS DE CARGOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO.

La Ley 1/2014, de 26 de junio Vínculo a legislación, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos, se aprobó con la finalidad de garantizar la transparencia en la gestión pública, de tal modo que quien ejerza funciones públicas satisfaga un deber ético y un deber social, permitiendo de esta manera que la sociedad recupere la confianza en quien gestiona el interés común, y tiene como objeto, además del establecimiento de los principios generales que rigen el código de conducta de los cargos públicos, la regulación de las situaciones que pueden generar conflictos de intereses y el régimen de incompatibilidades, todo ello de forma que se garantice la prevalencia del interés general.

El artículo 2 Vínculo a legislación de la citada Ley 1/2014, de 26 de junio, detalla los cargos públicos al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma del País Vasco incluidos en su ámbito de aplicación. Con el propósito de aportar certeza jurídica en el desarrollo y aplicación de la ley, previó en el apartado 1 del artículo 4 la aprobación por el Gobierno de un catálogo de cargos públicos, instrumento de identificación e información del elenco de cargos públicos que se encuentran sujetos al régimen jurídico establecido en la ley, a lo que se dio cumplimiento en el Decreto 216/2014, de 18 de noviembre Vínculo a legislación, por el que se aprueba el catálogo de cargos públicos en la Comunidad Autónoma del País Vasco. En el citado artículo 4 se establece la naturaleza constitutiva del catálogo de cargos públicos, siendo preciso que la persona cargo público figure en el catálogo para que la ley le resulte aplicable, que el catálogo del personal cargo público se mantendrá permanentemente actualizado, y que será accesible a toda la ciudadanía a través de la página web institucional del Gobierno Vasco.

A este respecto, el Decreto 156/2016, de 15 de noviembre Vínculo a legislación, sobre obligaciones y derechos del personal cargo público, dictado en desarrollo de la Ley 1/2014, de 26 de junio Vínculo a legislación, concreta en su artículo 51.1 el compromiso de publicidad activa, que en el apartado a) incluye el Catálogo de Cargos Públicos, donde se incluirá información de las personas titulares de los puestos de cargos públicos, y la fecha de inicio de la prestación de servicio.

Por otra parte, habiendo asumido un compromiso de transparencia en relación con los cargos públicos, desde el año 2015 anualmente se ha dado publicidad a los puestos de los cargos públicos mediante decretos que han aprobado el catálogo actualizado de puestos de cargos públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Respecto a los puestos de cargos públicos, el artículo 8 Vínculo a legislación del Decreto 156/2016, de 15 de noviembre, establece que anualmente, y dentro del primer trimestre, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular del departamento competente en materia de función pública, aprobará, mediante Decreto, el Catálogo actualizado de puestos de cargos públicos, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

El 7 de septiembre de 2020 entró en vigor el Decreto 18/2020, de 6 de septiembre Vínculo a legislación, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de las funciones y áreas de actuación de los mismos. En su Disposición Final Primera establece el plazo de 31 de diciembre de 2020 para que los Consejeros y Consejeras procedan, en su caso, a presentar al Lehendakari para su aprobación los proyectos de reglamentos orgánicos de sus respectivos Departamentos, que se adecuarán a los principios inspiradores y a los objetivos previstos en el programa del Gobierno para cada una de las áreas de actuación asignadas a los mismos. En tanto se lleve a efecto, la Disposición Transitoria Única establece que conservarán su vigencia las normas orgánicas que determinan la estructura y funciones de la Presidencia del Gobierno y de los Departamentos del Gobierno.

La aplicación del citado Decreto 18/2020, de 6 de septiembre Vínculo a legislación, del Lehendakari, ha supuesto la modificación de las competencias y de las dependencias orgánicas de los órganos de los departamentos, lo que afecta a los puestos de cargo público de las personas titulares de los mismos. Por ello, se ha considerado conveniente no iniciar la elaboración del catálogo actualizado de puestos de cargos públicos hasta que se produjera la adecuación de los mismos a las funciones y áreas de actuación asignadas en citado Decreto 18/2020, con la aprobación de las normas orgánicas que determinan las estructuras y funciones de la Presidencia del Gobierno y de los Departamentos del Gobierno.

En cuanto a las instituciones del Ararteko, Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, Consejo Económico y Social Vasco, Consejo de Relaciones Laborales y Agencia Vasca de Protección de Datos, se incorporan, a los efectos de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, los catálogos actualizados de puestos de cargos públicos de dichas instituciones.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 20 de julio de 2021,

DISPONGO:

Artículo 1.- Aprobación del catálogo actualizado de puestos de cargos públicos.

1.- Se aprueba, a los efectos de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, el catálogo actualizado de puestos de cargos públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que se detalla en el Anexo I del presente Decreto.

2.- Se incorporan, a los efectos de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, los catálogos actualizados de puestos de cargos públicos de la institución del Ararteko, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, del Consejo Económico y Social Vasco, del Consejo de Relaciones Laborales y de la Agencia Vasca de Protección de Datos, que se detallan en el Anexo II del presente Decreto.

3.- El catálogo de puestos de cargos públicos que se aprueba por el presente Decreto está actualizado a la fecha de efectos del mismo y se entenderá modificado por cualquier norma posterior que afecte a la regulación de los puestos de cargos públicos que en él se incluyen.

Artículo 2.- Publicación.

El catálogo actualizado de puestos de cargos públicos que se aprueba por el presente Decreto se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.- Recursos.

Contra el presente Decreto que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.- Efectos.

El presente Decreto surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Anexos

Omitidos.

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