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Un perdón a la carta, sin arrepentirse; por Julio Banacloche Palao, catedrático de Derecho Procesal de la UCM

23/06/2021
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El día 23 de junio de 2021 se ha publicado, en el diario El Mundo, un artículo de Julio Banacloche Palao en el cual el autor opina que una anulación judicial del indulto por falta de motivación contribuiría a recordar que el perdón no puede desvincularse de las circunstancias personales de los beneficiados.

UN PERDÓN A LA CARTA, SIN ARREPENTIRSE

Como estaba anunciado, ayer el Gobierno consumó la concesión de los indultos a los presos condenados por sedición y malversación en la causa del procés. De nada sirvieron los argumentos de la Fiscalía y del Tribunal Supremo afirmando que esa medida contradiría la finalidad de prevención general y especial de la pena, ni los artículos doctrinales considerando que no respondería a lo previsto por la Ley de Indultos para adoptar una medida semejante. No obstante, que el Presidente del Gobierno los justifique aludiendo únicamente a la “utilidad pública”, e ignorando la “justicia” y la “equidad”, que son las razones habituales que se esgrimen a favor de un indulto, ya es muy revelador. No creo que a la luz de las explicaciones dadas por el Gobierno quede ninguna duda de que la medida responde a una finalidad exclusivamente política y desvinculada de la conducta de los beneficiados por ella.

Ayer insistía el Gobierno en que solo se ha perdonado la pena de prisión, pero no la de inhabilitación para el ejercicio de cargo público, y que incluso la primera medida queda condicionada a que no se cometan de nuevo delitos graves en un determinado período de tiempo. Sin embargo, presumir de no indultar las inhabilitaciones es hacer de la necesidad virtud, y respecto de las condiciones impuestas hay que destacar que se configuran como resolutorias y no suspensivas (que se podrían haber impuesto según el art. 17 LI), es decir, basadas una vez más en una confianza a la que los presos no se han hecho en absoluto merecedores.

Ante una decisión política -como siempre es el indulto-, pero esta vez basada en motivos únicamente políticos y no éticos o jurídicos -lo que ya no es tan propio de esa figura-, a nadie puede sorprender una reacción que parece que se va a concretar en la impugnación del decreto ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo. Aquí de nuevo la Fiscalía se tendrá que retratar, aunque es previsible que salga del paso diciendo que, aunque no comparte el contenido de la medida, entiende que no vulnera lo dispuesto en la Ley de Indultos y que, por lo tanto, no la va a recurrir.

Hay debate en torno a si alguien más está legitimado para interponer el recurso. Aunque Vox no ha sido parte en el expediente admnistrativo de indulto, tiene un interés legítimo en que se mantengan unas penas que contribuyó a imponer al ejercer la acusación popular en el proceso penal, por lo que no puede negársele la posibilidad de recurrir. Más difícil lo tiene el PP, Ciudadanos o cualquier otra entidad que quiera impugnar el acuerdo del Consejo de Ministros, aunque el hecho de que el Gobierno haya justificado la medida en la preservación de la convivencia social y en el espíritu de concordia que emana de la Constitución -en definitiva, en razones de interés público-, abre la posibilidad a que cualquiera que no comparta esas razones pueda impugnar la decisión justificando su legitimación precisamente en la defensa de ese mismo interés.

Lo que pueda resolver el Tribunal Supremo en caso de admitir el recurso es impredecible. Desde luego, la concesión del indulto sin arrepentimiento ni propósito de enmienda por parte de los presos ha dañado a la Sala sentenciadora, porque parece que el Gobierno avala la tesis de la desproporción de las condenas. La anulación judicial del indulto por falta de motivación contribuiría a recordar que el perdón no puede desvincularse de las circunstancias personales de los beneficiados. Un indulto a la carta exige al menos que la cocina funcione bien.

Comentarios - 3 Escribir comentario

#3

Trasfondo político de los indultos, no jurídico ni de utilidad pública como si se tratara de una carretera o de una industria láctea: servir de flotadores. Pero los flotadores se pinchan muy fácilmente.

Falta de seguridad jurídica al no aplicar la ley con igualdad y justicia.
Los principios de concordia,utilidad pública, etc. no están en la C.E. Sí lo están los principios de legalidad, igualdad, justicia,...

Cuando el Parlamente español tenga el noventa por ciento de licenciados o doctorados, de verdad, en Derecho, el Estado funcionará adecuadamente (ver Senado estadounidense, Cámara de los Comunes,...).Zapatero a tus zapatos.

Escrito el 24/06/2021 13:06:38 por CRONISTA1114 Responder Es ofensivo Me gusta (0)

#2

Al pecador sólo se le exige que pida perdon si se considera pecador
Entonces Dios le perdona
No existe pecado cuando el "presunto" pecador cree que es inocente

Al delincuente la ley no le exige que pida perdón si ha delinquido
Sólo le exige,cuando le devuelve la libertad que no vuelv delinquir
Si el delincuente pide perdón, la ley no lo exige, no por eso se le indulta.

Tras la condena "hay delito" aun si el "presunto" delincuente se cree inocente. ¿Cabe exigir de quien se considera inocente pida perdón?
¿De qué tiene que pedir perdón quien se considera inocente?

Hy mucha gente que parece confundir el delito con el pecado, al delicuente con el pecador y a Dios con el TS.

Escrito el 23/06/2021 14:02:12 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

#1

Claro que han servido para algo los "argumentos" del MFy del TS.
El indulto sólo puede ser parcial. ¿Le parece poco "servicio"?
A lo que se hayan hecho merecedores los presos es algo muy opinable

La decision es política ¿no es un mérito que sus razones sean políticas?
¿Como que "saldrá del paso el MF" si no recurre al no incumplir la ley? ¿No es esa su obligación? Lo que cumple la ley no se puede recurrir.

Lo terrible es decir que "lo que puede resolver el TS ... es impredicible".
¿Que clase de justicia dan los tribunales que es impredecible?
Muchos creíamos que lo impredecible era el "gordo de la lotería".

El Gobierno no avala la tesis de una desproporción de la condena.
Lo que ha hecho es indultar a los condenados, fuera excesiva o no.
El TS no analizó el posible indulto porque se ha dedicado a justificarla.
Eso tiene toda la pinta de demostrar su complejo de culpabilidad.
El 02.07 en el Ateneo analizaré el informe del TS. La entrada es libre.

Escrito el 23/06/2021 13:51:52 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

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