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  • EDICIÓN DE 16/10/2020
 
 

Becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Centro de Estudios Jurídicos

16/10/2020
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Se convocan 15 becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia, y para llevar a cabo tareas de asistencia y apoyo a las actividades del Centro durante el año 2021.

BASES

Primera

Objeto

Abrir la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para otorgar 15 becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia, y para llevar a cabo tareas de asistencia y apoyo a las actividades del Centro durante el año 2021.

Segunda

Régimen jurídico aplicable

Esta convocatoria se rige por las bases reguladoras aprobadas por la Orden JUS/231/2017, de 11 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las becas de colaboración del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada (DOGC núm. 7475, de 17.10.2017).

Tercera

Importe

El importe máximo es de 109.209,69 euros. Se trata de una convocatoria de gasto anticipado y su otorgamiento se condiciona a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de gastos del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada para el año 2021. La partida presupuestaria objeto de imputación es la D/480003000/2150/0000 “becas”. La aprobación de este acto implica la autorización a las unidades administrativas para la contabilización de la autorización del gasto en el sistema corporativo de la contabilidad del GECAT.

Cuarta

Modalidades

El número de becas que se convocan para cada una de las cinco modalidades es el siguiente:

A) Becas de colaboración en la formación en materias propias del Centro, con un total de 9 becas convocadas;

B) Becas de colaboración en las investigaciones de la ejecución penal, con un total de 3 becas convocadas;

C) 1 beca de colaboración en archivo y gestión administrativa;

D) 1 beca de colaboración en gestión económica y administrativa, y

E) 1 beca de colaboración en biblioteconomía y documentación para la Biblioteca del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.

Quinta

Cuantía de cada beca y período de colaboración

5.1 La cuantía de cada beca es de 650,00 euros mensuales y su pago se hará efectivo a meses vencidos a excepción de los meses incompletos, que se pagarán prorrateadamente a la colaboración, y el mes de agosto, que no computa económicamente. A estos importes les será aplicable la retención correspondiente del IRPF.

Los importes recibidos por las personas físicas beneficiarias en concepto de subvención constituyen obtención de renta para el contribuyente a efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

5.2 El periodo de colaboración se iniciará a partir del 13 de enero de 2021 y finalizará el día 23 de diciembre de 2021, si bien se dispondrá del mes de agosto como mes de descanso no computable a efectos económicos.

Sexta

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. El último día del plazo se podrán presentar las solicitudes hasta las 14 horas.

Séptima

Procedimiento de concesión

7.1 Se delega en el/la director/a del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada la competencia para dictar la resolución de concesión de las becas objeto de la presente convocatoria. Esta resolución se dictará en el plazo máximo de 60 días naturales a partir del día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El órgano instructor será el/la jefe/a del Área de Gestión Administrativa y Soporte Técnico del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.

7.2 La notificación de la resolución de concesión de estas becas será objeto de publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalidad (https://seu.gencat.cat/ca/informacio-publica.html ) y en la web del Centro (http://cejfe.gencat.cat/ca/centre/transparencia/beques/ ). Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.

Contra la resolución de concesión, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante la consejera de Justicia y presidenta del Centro en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalidad y en la web del Centro, mencionados anteriormente, según lo establecido en el artículo 77 Vínculo a legislación de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 123 Vínculo a legislación y 124 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona en el plazo de dos meses contadores igualmente desde el día siguiente al de su publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalidad y en la web del Centro mencionados, de acuerdo con los artículos 8.3, Vínculo a legislación 25 Vínculo a legislación y 46 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o bien cualquier otro recurso que se considere conveniente para la defensa de sus derechos o intereses legítimos.

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