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Comisión para la Elaboración del Plan para la Reactivación Económica y Protección Social como consecuencia de la crisis de la COVID-19

09/10/2020
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Acuerdo GOV/116/2020, de 6 de octubre, por el que se crea el Comité Asesor Catalunya-Next Generation EU (CONEXT CAT-EU) para complementar la tarea de la Comisión para la Elaboración del Plan para la Reactivación Económica y Protección Social como consecuencia de la crisis de la COVID-19 (CORECO) (DOGC de 8 de octubre de 2020). Texto completo.

ACUERDO GOV/116/2020, DE 6 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE CREA EL COMITÉ ASESOR CATALUNYA-NEXT GENERATION EU (CONEXT CAT-EU) PARA COMPLEMENTAR LA TAREA DE LA COMISIÓN PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA Y PROTECCIÓN SOCIAL COMO CONSECUENCIA DE LA CRISIS DE LA COVID-19 (CORECO).

La Comisión para la elaboración del Plan para la Reactivación Económica y Protección Social como consecuencia de la crisis de la COVID-19 (CORECO) es el órgano creado por el Gobierno de la Generalidad para articular la respuesta del sector público a los retos económicos y sociales derivados de la pandemia.

LA CORECO se creó por el Acuerdo del Gobierno de 2 de mayo de 2020, y sus trabajos se han centrado en dos ámbitos:

El primero, de cariz operativo, ha consistido en analizar los efectos de la pandemia y poner en marcha actuaciones de emergencia para minimizar el impacto de la crisis.

El segundo incluye actuaciones de carácter estratégico y con un horizonte temporal más amplio, orientadas a estimular los sectores más estratégicos y con mayor capacidad de crecimiento, acelerar la creación de empleo y avanzar hacia un desarrollo más sostenible y justo. En esta segunda línea de trabajo se enmarca la redacción del Plan de reactivación.

El 21 de julio de 2020, el Gobierno aprobó el Plan para la reactivación económica y protección social, un documento que recoge hasta veinte grandes proyectos para dar una respuesta efectiva y transversal a la crisis derivada de la Covid-19 en Cataluña, y que fija la estrategia de país para los próximos años. El plan cifra el coste total de la recuperación en 31.765 millones de euros y engloba tanto medidas vinculadas a la gestión directa de la crisis como grandes actuaciones de carácter estratégico que se desplegarán en un horizonte a medio y largo plazo.

El documento muestra el compromiso del Gobierno hacia tres objetivos esenciales: reforzar el estado del bienestar y la capacidad productiva de Cataluña; reducir las desigualdades sociales acentuadas por la pandemia, y acelerar la transición hacia un modelo económico más innovador, sostenible y resiliente. Es por eso que en la base del plan se sitúan la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas, así como el Pacto Verde Europeo (European Green Deal) y la Estrategia Digital Europea (Digital Europe).

Al mismo tiempo, el 2 de junio del 2020 el Gobierno también se dotó del Grupo de Trabajo Cataluña 2022, integrado por personas expertas de reconocido prestigio y experiencia en los diferentes ámbitos de conocimiento que configuran nuestra sociedad, que, desde su compromiso con Cataluña, asesora al presidente y al Gobierno de la Generalidad para el análisis de la situación económica y social generada por la COVID-19 y la elaboración de propuestas de acción.

Por otra parte, el mismo 21 de julio, coincidiendo con la aprobación del Plan para la reactivación económica y protección social del Gobierno, el Consejo Europeo acordó el Marco Financiero Plurianual 2021-2027 (MFP) y el Fondo de Recuperación 'Next Generation EU' (NGEU). La propuesta de MFP es de 1.074 billones de EUR y la del Fondo de Recuperación NGEU de 750.000 MEUR. Del NGEU, 390.000 MEUR serán en ayudas directas o subvenciones y 360.000 MEUR en préstamos. A España le corresponden 140.000 MEUR (unos 73.000 vía ayudas directas).

Según la información disponible hasta el momento, el fondo de recuperación europeo se destinará a proyectos transformadores para la economía, lo que supone una oportunidad única para dibujar el modelo social, económico e institucional hacia el que tiene que avanzar Cataluña en la próxima década.

El pasado 17 de septiembre, la Comisión Europea publicó el documento Guidance to member states recovery and resilience planes. Es un documento elaborado para facilitar a los Estados miembros la preparación y presentación, de manera adecuada y coherente, de sus planes de recuperación y resiliencia de cara al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del proyecto Next Generation EU.

En este documento se explicita que los Estados miembros tienen que facilitar sus primeros planes no más tarde del 30/04/2021, pero se recomienda que faciliten sus versiones preliminares a partir del 15/10/2020 y que realicen encuentros con los servicios técnicos de la CE con el fin de preparar estos planes lo antes posible.

Para dar respuesta al despliegue del Plan para la reactivación económica y la protección social y, al mismo tiempo, maximizar la captación de recursos europeos, el Gobierno considera necesario crear espacios que complementen la tarea de la CORECO en los próximos meses.

Por todo eso, a propuesta del vicepresidente del Gobierno y consejero de Economía y Hacienda y del consejero de Empresa y Conocimiento, el Gobierno

Acuerda:

-1 Crear el Comité asesor Catalunya-Next Generation EU (CONEXT CAT-EU), como órgano colegiado asesor del Gobierno de la Generalidad de Cataluña con el fin de proponer y evaluar posibles proyectos que se presentarán en los Fondos Next Generation.

1.1 El Comité asesor se adscribe al Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda, el cual le da apoyo material y técnico y le presta los recursos humanos necesarios para la ejecución de sus funciones.

1.2 Corresponde al Comité asesor CONEXT CAT-EU promover e identificar posibles proyectos que se presentarán a los fondos Next Generation en base a aquellos proyectos recogidos en el Plan para la reactivación económica y la protección social, a las propuestas de acción recogidas en el informe elaborado por el Grupo de Trabajo Cataluña 2022, así como otros proyectos que cumplan los criterios definidos por el propio Comité asesor CONEXT CAT-EU.

1.3 Composición del Comité asesor CONEXT CAT-EU

a) La presidencia, que corresponde al vicepresidente de la Generalidad de Cataluña.

b) La vicepresidencia, que corresponde al consejero de Empresa y Conocimiento.

c) Un mínimo de cinco y un máximo de quince vocales, personas de reconocido prestigio en el ámbito económico vinculadas a los ámbitos académico, profesionales y sectoriales del país, nombradas por el vicepresidente de la Generalitat.

En caso de ausencia, enfermedad o cualquier otra causa justificada de la persona que ejerce la presidencia, ésta será sustituida por la persona titular de la vicepresidencia.

1.4 Para el ejercicio de sus funciones, el Comité CONEXT CAT-EU puede:

a) Reunirse las veces que considere conveniente, previa convocatoria de la secretaría primera por orden de su presidente/a y de acuerdo con el orden del día fijado por éste.

b) Invitar a las reuniones a las personas que considere necesario según las materias a tratar.

c) Constituir grupos específicos de trabajo para cada ámbito material de actuación, integrados por un máximo de treinta personas expertas en el respectivo ámbito.

d) Establecer las directrices para el funcionamiento de los grupos específicos de trabajo, así como para el funcionamiento del Comité asesor CONEXT CAT-EU.

En todo lo que no prevé este Acuerdo ni las directrices o normas de funcionamiento que establezca, el Comité asesor CONEXT CAT-EU se rige por lo que dispone la normativa vigente en materia de órganos colegiados administrativos aplicable a la Generalidad de Cataluña.

Los/Las miembros del Comité asesor CONEXT CAT-EU no perciben ninguna retribución por el ejercicio de sus funciones, ni tienen ningún derecho de naturaleza económica en razón de la asistencia a sus reuniones, ni tienen derecho a ningún tipo de indemnización.

-2 El Comité asesor CONEXT CAT-EU tendrá que realizar una primera identificación y selección de los proyectos durante el año 2020. Durante estos tres meses se tendrán que celebrar, como mínimo, tres encuentros del Comité asesor CONEXT CAT-EU e informar puntualmente de su tarea a la CORECO.

-3 Disponer la publicación de este Acuerdo en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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