Diario del Derecho. Edición de 18/07/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 10/08/2020
 
 

Medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus

10/08/2020
Compartir: 

Orden Foral 37/2020, de 6 de agosto, de la Consejera de Salud, por la que se prorrogan las medidas establecidas en el Título I del Decreto-ley Foral 7/2020, de 22 de julio, por el que se aprueban las medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19), una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad (BON de 7 de agosto de 2020). Texto completo.

ORDEN FORAL 37/2020, DE 6 DE AGOSTO, DE LA CONSEJERA DE SALUD, POR LA QUE SE PRORROGAN LAS MEDIDAS ESTABLECIDAS EN EL TÍTULO I DEL DECRETO-LEY FORAL 7/2020, DE 22 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS MEDIDAS PREVENTIVAS EXTRAORDINARIAS PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA DEL CORONAVIRUS (COVID-19), UNA VEZ SUPERADA LA FASE 3 DEL PLAN PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDAD.

Con fecha 22 de julio, se aprobó el Decreto-ley Foral 7/2020, de 22 de julio Vínculo a legislación, por el que se aprueban medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19), una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Dicho decreto-ley foral fue publicado el 23 de julio de 2020 en el Boletín Oficial de Navarra número 163 y convalidado por el Parlamento de Navarra con fecha 30 de julio de 2020.

El Título I del citado decreto-ley foral contempla medidas extraordinarias en el ámbito del ocio nocturno como la limitación del horario de cierre a las 2:00 horas de determinados establecimientos dedicados a espectáculos públicos y actividades recreativas y de sociedades gastronómicas y peñas. Asimismo, también se establecen limitaciones con respecto a las ocupaciones máximas por mesa o grupos de mesas, y limitaciones relacionadas con celebraciones de convivencia y ocio en espacios públicos.

En la disposición adicional segunda, punto 1, de la citada norma se habilita a la persona titular del Departamento de Salud para que, siempre que se justifique en motivos de la evolución sanitaria y de acuerdo con lo señalado en el informe que al respecto se emita por el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, pueda prorrogar por períodos de 15 días naturales, las medidas establecidas en el Título I de este decreto-ley foral.

Según el informe del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, el número de casos confirmados por semana ha ido aumentando progresivamente desde la semana del 6 al 12 de julio hasta la semana del 20 al 25 de julio. Este aumento es debido fundamentalmente al tramo de edad de 15 a 34 años en estas cuatro últimas semanas. Asimismo, en este momento, hay 53 brotes activos, estando los de mayor tamaño relacionados con eventos sociales y de ocio, sobre todo nocturno. En algunos brotes de gran tamaño el 76% de las personas tienen entre 15 y 29 años. La situación, por tanto, sigue siendo frágil y requiere todo el esfuerzo del sistema sanitario y de la población para contener brotes y atajar las cadenas de contagios que puedan darse. En consecuencia, a la vista de los datos y de experiencias de los brotes que se han dado con alto número de casos, se considera necesario prorrogar las medidas del Título I del Decreto-ley Foral 7/2020, de 22 de julio Vínculo a legislación, por el que se aprueban las medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19), una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

En virtud, del artículo 2.2 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud,

ORDENO:

1.º Prorrogar por un período de 15 días naturales las medidas establecidas en el Título I del Decreto Ley Foral 7/2020, de 22 de julio Vínculo a legislación, por el que se aprueban las medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19), una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

2.º Esta orden foral tendrá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Bruselas pone en duda ante el TJUE que la amnistía sea de interés general por ser parte de un "acuerdo político"
  2. Actualidad: Bolaños confía aprobar la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal "a la vuelta de verano"
  3. Estudios y Comentarios: En el laberinto de la corrupción; por Ana Carmona, catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla
  4. Tribunal Supremo: Cabe reconocer a un investigado el derecho a ser indemnización por los perjuicios sufridos a consecuencia de haber sido sometido a privación de libertad de naturaleza cautelar en una causa penal en que se dicta auto de sobreseimiento provisional
  5. Actualidad: El TS reconoce el derecho de la CIG a que la Xunta le justifique las prórrogas de comisiones de servicio a los funcionarios
  6. Tribunal Supremo: El TS condena a un hombre que estuvo cobrando durante quince años las prestaciones de sus padres fallecidos aprovechando un error de la Seguridad Social
  7. Actualidad: El Supremo ratifica que la indemnización por despido improcedente no puede incrementarse en "vía judicial"
  8. Actualidad: Ferrer y Teso retiran sus candidaturas y despejan el camino a Arrieta y Lucas para quedarse en presidencias clave del TS
  9. Actualidad: El Parlamento Europeo mantiene abierta la petición de la Abogacía sobre la situación de los mutualistas
  10. Tribunal Supremo: La Administración tributaria no puede investigar una deuda prescrita aprovechando que no ha transcurrido el plazo de prescripción del delito contra la Hacienda Pública

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana