MADRID, 12 (EUROPA PRESS)
El español A.C.B. Abdelatif y el marroquí I.A. Mohamed, que llevaban en prisión provisional desde principios de 2017, ya fueron juzgados por la Audiencia Nacional y condenados a 17 años de cárcel, pero después el Tribunal Supremo anuló ese juicio alegando que se había protegido en exceso a un testigo y las defensas de los acusados no habían podido preguntarle con todas las garantías.
Por ello, la vista oral se repitió esta semana con un tribunal distinto al inicial y ambos negaron las acusaciones de sus vinculaciones con el yihadismo. Una vez terminada, los magistrados estiman que "no resulta imprescindible la medida cautelar de privación de libertad", ya que el juicio ya se ha celebrado, "finalidad para la que fue adoptada dicha medida".
La Sala impone a ambos acusados otras cautelares: comunicar su domicilio en España, designar un teléfono fijo y otro móvil en los que estar localizable, comparecer semanalmente en el juzgado, prohibición de salida de territorio nacional y retirada de pasaporte.
Según el escrito de acusación de la Fiscalía, los dos sospechosos, de 38 años, formaron parte desde 2011 hasta su detención en enero de 2017 de un "grupo permanente al que se limitaba la asistencia de terceros y que se reunía en la más estricta confidencialidad en la zona de Arcos Quebrados, en Ceuta, para tratar temas de yihad islámica".
Aprovechaban esos encuentros, señala el fiscal, para "llevar a cabo la radicalización en los postulados más extremistas del salafismo, exhibiendo vídeos y haciendo escuchar cánticos yihadistas, además de proferir consignas de exaltación de acciones terroristas suicidas cometidas por comandos armados" del Estado Islámico (DAESH o ISIS), "al objeto de incitar a los asistentes a la comisión de acciones similares".
El Ministerio Público les acusa de un delito de integración en organización terrorista y otro de depósito de armas por los que pide 20 años de prisión para cada acusado, 10 años por cada delito. En caso de que el tribunal no aprecie prueba suficiente para condenar por integración en organización terrorista, plantea la alternativa de colaboración por el que solicita 8 años de cárcel y 9.000 euros de multa para cada uno.