Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 02/04/2019
 
 

Convocatoria de estancias en otros países de la Unión Europea para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial

02/04/2019
Compartir: 

Resolución de 25 de marzo de 2019, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional y de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se efectúa la convocatoria de estancias en otros países de la Unión Europea para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial y de artes plásticas y diseño en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del programa “Formación en Empresas Europeas” para el curso escolar 2019/20 (BOJA de 1 de abril de 2019). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 25 DE MARZO DE 2019, CONJUNTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA, POR LA QUE SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA DE ESTANCIAS EN OTROS PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA PARA EL ALUMNADO QUE CURSA ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL Y DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO EN CENTROS DOCENTES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA, AL AMPARO DEL PROGRAMA “FORMACIÓN EN EMPRESAS EUROPEAS” PARA EL CURSO ESCOLAR 2019/20.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Orden de 16 de mayo de 2011 (BOJA núm. 111, de 8 de junio), por la que se regulan las estancias en otros países de la Unión Europea para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial y de artes plásticas y diseño en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del programa “Formación en Empresas Europeas”, la convocatoria de las estancias y visitas de seguimiento se realizará anualmente, en el segundo trimestre del curso, por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, mediante resolución conjunta de las Direcciones Generales con competencias en materia de formación profesional inicial y artes plásticas y diseño.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas en la citada orden y en el Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, la Directora General de Formación Profesional y la Directora General de Ordenación y Evaluación Educativa,

RESUELVEN

Primero. Convocar para el curso escolar 2019/20 estancias en otros países de la Unión Europea para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial y de artes plásticas y diseño en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del programa “Formación en Empresas Europeas”.

Segundo. Se convocan para el curso escolar 2019/20 las siguientes estancias:

1. Veinticinco estancias de la modalidad “Gestión por parte del centro docente” para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial y que desarrollen el módulo de formación en centros de trabajo en el último trimestre del curso escolar.

2. Seis estancias de la modalidad “Gestión por parte del centro docente” para el alumnado que cursa enseñanzas de artes plásticas y diseño.

Tercero. Las solicitudes y el plazo de presentación será el establecido en el artículo 18 de la Orden de 16 de mayo de 2011.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 10.1.a), Vínculo a legislación 14 Vínculo a legislación y 46.1 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112.1, Vínculo a legislación 123 Vínculo a legislación y 124 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 102.5 Vínculo a legislación de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana